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La Concejalía de Igualdad informa sobre la nueva legislación referente a los planes de igualdad retributiva en las empresas

    Desde la Concejalía de Igualdad del Ayuntamiento de Sueca, se quiere poner en conocimiento de toda la ciudadanía interesada la nueva normativa existente referente a la elaboración y registro de los nuevos Planes de Igualdad Retributiva en las empresas, de modo que, si algún negocio, asociación o entidad local se encuentra en el supuesto al que se refieren dichos planes, tenga en consideración los cambios legales que le puedan afectar. “El pasado 22 de febrero, conmemoramos el Día de la Igualdad Salarial mediante un manifiesto en el que reivindicábamos la lucha contra la desigualdad retributiva, poníamos  el punto de mira en la brecha de género que todavía existe en nuestra sociedad, y remarcábamos nuestro compromiso en la lucha contra estas discriminaciones, apoyando la normativa que ya se encuentra en vigor. Ahora, queremos informar a la ciudadanía interesada sobre esta nueva normativa, ofreciéndole asesoramiento para contribuir a que el objetivo de estas medidas sea una realidad a corto plazo”, ha explicado la concejal de Igualdad, Gema Navarro.   

    El Decreto 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo, modificaba la anterior ley orgánica de 2007 de forma que, en concreto, el artículo 45.2 establecía la obligatoriedad de las empresas de más de 50 personas trabajando, de realizar un plan de igualdad (antes era obligatorio en las de 250 personas). Además, modificaba también el artículo 46.2, estableciendo las nuevas materias que tienen que contener estos planes, entre ellas, una auditoría salarial entre hombres y mujeres. Por otra parte, añadía nuevos apartados en este artículo, creando un Registro de Planes de Igualdad, de obligado cumplimiento para las empresas, estableciendo que se desarrollaría reglamentariamente.

    Por otro lado, el Decreto 6/2019 introducía también una nueva disposición transitoria de aplicación progresiva de estos dos nuevos artículos 45 y 46 de la Ley de Igualdad Estatal, por el cual establecía que las empresas de más de 150 personas trabajando, y de hasta 250, contarían con un periodo de un año para aprobar sus planes (es decir hasta el 8 de marzo de 2020); las de entre 100 y hasta 150 personas, dispondrían de dos años (hasta el 8 de marzo de 2021); y las empresas de entre 50 y 100, dispondrían de 3 años para cumplir con el precepto legal de igualdad, es decir, hasta el 8 de marzo de 2022.

    Por lo que respecta a la normativa de la Comunidad Valenciana, la obligatoriedad de presentar evaluaciones de los planes de las empresas pasa a ser de dos, (una intermedia y una final), y no anual como venía siendo hasta ahora. “En Sueca contamos  con varias empresas, asociaciones y entidades que ya disponen de ese visado de su Plan de Igualdad, el cual queremos dar a conocer, en un futuro, en un acto reivindicativo y de reconocimiento, otorgando un distintivo municipal por la igualdad para seguir con la consecución de los objetivos del II Plan de Igualdad dirigido a la ciudadanía, que está en vigor”, señala Navarro.

    Desde el Departamento de Igualdad municipal se ponen a disposición de la población interesada para asesorar o resolver cualquier duda al respecto, a través del correo: igualtat@sueca.es

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