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Sanitat y organizaciones sindicales acuerdan la nueva jornada laboral y el crédito horario de sindicatos para 2013

Sanitat y organizaciones sindicales acuerdan la nueva jornada laboral y el crédito horario de sindicatos para 2013
  • Es la primera reunión del conseller Manuel Llombart con los representantes sindicales en la Mesa Sectorial

  • Llombart: “Debemos destacar el esfuerzo que realiza el personal sanitario para mantener una sanidad de calidad en este contexto de contención”

  • El cambio horario se debe a la adaptación de dos normas estatales: la Ley de Presupuestos de 2012 y el Estatuto Básico del Empleado Público

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Sanitat y organizaciones sindicales acuerdan la nueva jornada laboral y el crédito horario de sindicatos para 2013  - (foto 2)

La conselleria de Sanitat ha acordado, con el voto a favor de los sindicatos CEMSATSE, UGT, CCOO, CSIF y USAE la modificación sobre la jornada laboral del personal destinado en instituciones sanitarias dependientes de la Agencia Valenciana de Salud y el nuevo crédito horario para los sindicatos, en la reunión mantenida hoy con los representantes sindicales de la Mesa Sectorial.

Para el titular de Sanitat, Manuel Llombart, “el acuerdo sobre la jornada laboral evidencia el constante esfuerzo que está realizando todo el personal de las instituciones sanitarias por mantener una sanidad pública de calidad, en un contexto de contención retributiva y del gasto sanitario. Debemos reconocer y agradecer este esfuerzo, tan necesario en estos momentos”.

El pacto sobre determinación de la jornada laboral está motivado por la aplicación de dos normas de carácter estatal, que afectan a la normativa que estaba vigente en la Comunitat. De un lado, la aplicación de la Ley 2/2012 de Presupuestos del Estado para 2012 ha establecido una jornada laboral semanal de 37 horas y 30 minutos (con un total de 1.647 horas al año), mientras que hasta ahora era de 36 horas y 50 minutos (1.589 horas anuales). De estas 1.647 horas de jornada laboral, 58 pueden ser cubiertas por acciones relacionadas con el ejercicio eficiente de la actividad asistencial.

De otro lado, queda recogido en el pacto sobre la jornada laboral la modificación del Estatuto Básico del Empleo Público (EBEP) recoge la reducción de seis días de libre disposición a tres.

Estas modificaciones, que entran en vigor el próximo 1 de enero de 2013, afectan a todo el personal destinado en instituciones sanitarias dependientes de la Agencia Valenciana de Salud (AVS), incluyendo Atención Primaria y Especializada, centros de apoyo y complementarios así como las unidades de gestión y dirección. También los dispositivos de atención sanitaria urgente y el Centro de Transfusiones de la Comunitat.

Pacto sobre la gestión de las bolsas de crédito horario
Hoy también se ha firmado un pacto que adapta al ámbito sanitario el acuerdo de la Mesa General de Negociación ratificado por el Consell y publicado en el DOCV el 1 de octubre de 2012. Con esta nueva legislación se reducirá el número de liberados sindicales en aproximadamente un 30%.

De este modo, el Real Decreto Ley 20/2012 posibilita la adopción de acuerdos en materia de modificación en la obligación en el régimen de asistencia al trabajo de los representantes sindicales, a efectos de que éstos puedan desarrollar sus funciones de representación y negociación, así como el adecuado desarrollo de los demás derechos sindicales.

El ámbito de aplicación corresponde a los representantes del personal gestionado por la conselleria de Sanitat que desarrollan esa función representativa por cuenta de las organizaciones sindicales firmantes y las que posteriormente se adhieran habiendo obtenido representación en las últimas elecciones sindicales celebradas.

Entre los derechos reconocidos a los miembros de Juntas de Personal y de Comités de Empresa, así como a los delegados sindicales, se establece la disposición de un crédito de horas mensuales dentro de la jornada de trabajo, retribuidas como trabajo efectivo para ejercer sus funciones de representación.

Bolsa global anual de horas y permisos sindicales
Los miembros de Juntas de personal, comités de Empresa y los delegados sindicales podrán ceder su crédito horario a la organización sindical por cuenta de la que realizan su función representativa, con el fin de constituir una bolsa global anual de horas. Dicha bolsa se conformará en cada organización sindical con todos los créditos que se le hubieran cedido para ese ejercicio.

No se admitirá ninguna cesión parcial de horas, debiendo cederse la totalidad de las horas que corresponden al trabajador. Igualmente, las organizaciones sindicales se comprometen al uso racional del crédito horario contenido en su respectiva bolsa, a fin de que no se produzcan disfunciones importantes que dificulten en funcionamiento de los centros.

En cuanto a los permisos sindicales con cargo a la bolsa del crédito horario constituida, se ejercerán, bien por medio de dispensas totales anuales de asistencia al trabajo, bien por medio de dispensas parciales de hasta un mes de duración.

Para la tramitación de la dispensa total de asistencia al puesto de trabajo, se detraerá de la bolsa de crédito horario el número de horas necesarias para su concesión, con arreglo a la jornada completa conforme a la legislación vigente, detrayendo de ésta cualquier período de dedicación por cualquier concepto que, aun constituyendo tiempo de trabajo, esté reconocido en el cómputo de la jornada ordinaria anual. Este pacto entrará en vigor el 1 de febrero de 2013.

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