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Sagunto pone en marcha un plan de participación para modificar la ordenanza de la venta no sedentaria

Sagunto pone en marcha un plan de participación para modificar la ordenanza de la venta no sedentaria
  • La finalidad de esta iniciativa es obtener respuesta a cuestiones prácticas

La Delegación de Comercio y Mercados del Ayuntamiento de Sagunto da comienzo hoy, 29 de marzo, a las primeas reuniones del Plan de Participación Pensem en el Mercat para modificar la Ordenanza Reguladora de la venta no sedentaria en el término municipal de Sagunto a fin de fomentar la participación ciudadana en los asuntos municipales.

La intención de este plan es confeccionar una serie de medidas, criterios y directrices que propicien una adecuada regulación del ejercicio de las competencias municipales en el ámbito de la autorización, ordenación y control de la venta no sedentaria, que es una modalidad arraigada en el municipio.

Esta iniciativa, que está previsto que finalice a principios de mayo, consistirá en la realización de diversas entrevistas en profundidad y reuniones con entidades, asociaciones y vecinos. En esos encuentros se revisará de manera conjunta la ordenanza actual para que los consultados y participantes conozcan al detalle toda la normativa actual y puedan proponer sus mejoras concretas.

La concejala de Comercio y Mercados y de Participación Ciudadana, Ana María Quesada, ha explicado: «Consideramos que este Plan de Participación Ciudadana sobre esta ordenanza municipal, nos llevará a una mayor y mejor reflexión sobre lo que queremos y necesitamos. También al fomento de los valores de sostenibilidad y economía circular de la zona, y el de otros valores propios de nuestra ciudad». Además, Quesada ha añadido: «Lograremos una mayor implicación social para con este tipo de actuaciones y normativas, que después todas las partes deberemos conocer, respetar y/o aplicar».

La finalidad de este proyecto es obtener respuesta a numerosas cuestiones de índole práctica, que no estaban suficientemente explícitas en la actual normativa o que han surgido con posterioridad a la aprobación de la misma. Asimismo, también persigue el objetivo de realizar la adaptación necesaria a los principios de buena regulación establecidos en el Titulo VI de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (esta normativa es la que regula el funcionamiento de los mercados exteriores fijos, celebración y de mercados exteriores fijos en días festivos, entre otros aspectos).

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