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El Pleno insta a Educación a rectificar los parámetros para la concesión de becas al alumnado con Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad

El Pleno insta a Educación a rectificar los parámetros para la concesión de becas al alumnado con Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad
  • También instaron al Ministerio de Sanidad a la entrada en vigor de una ‘Estrategia de Salud Mental’, donde los datos se actualicen anualmente

El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Sagunto, en su sesión ordinaria del mes de abril, ha acordado por unanimidad instar al Ministerio de Educación y Formación Profesional a rectificar los umbrales para la concesión de becas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo con Trastorno por Déficit de Atención con Hiperactividad (TDAH). A su vez, manifiesta un compromiso firme por la apuesta educativa y social, hacia una inclusión real. La moción aprobada fue presentada por el Grupo Socialista y su ponente fue el concejal delegado de Sanidad, Javier Timón.

La parte expositiva de la moción asegura que «las personas con TDAH tienen unas características, propias a su diagnóstico, que interfieren en su día a día; dificultades para mantener la atención y concentrarse, para gestionar el tiempo y planificar, para terminar tareas, controlar sus impulsos, hipercinética, etc. Estos aspectos se pueden mejorar y se llegan a gestionar bien con una buena intervención temprana y multidisciplinar (psicológica, psicopedagógica, psicosocial, farmacológica, etc.), intervenciones que, por otra parte, hoy en día no están cubiertas por el Sistema Público de Salud».

El Plan Estratégico de Salud Mental para el periodo 2022-2026, aprobado en el Consejo de Ministros en fecha 3/12/2021, incluye el TDAH dentro de los “trastornos de conducta” «cuando realmente es un “trastorno del neurodesarrollo”, de origen neurobiológico y hereditario, tal y como está considerado en las últimas versiones de las dos clasificaciones internacionales que utilizan los profesionales de la sanidad (neurología, psiquiatría, psicología): la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) de la OMS y el Manual de Diagnóstico y Estadística de Salud Mental (DSM-5) de la Asociación Americana de Psiquiatría», según se afirma en la moción.

La exposición de motivos continúa explicando que la mala interpretación o desconocimiento sobre el TDAH desde el ámbito sanitario, afecta también al ámbito educativo. «Una muestra de ello la encontramos en el Ministerio de Educación que establece, hasta el momento, unos umbrales para la concesión de becas y ayudas dirigidas al alumnado con necesidades apoyo educativo (NEAE), del cual forma parte el TDAH, a los que solo puede optar el alumnado con TDAH con “trastornos de conducta” o con una “discapacidad reconocida igual o superior al 33%”». Por un lado, el Ministerio de Educación reconoce el alumnado con TDAH como alumnado con NEAE y, por otro lado, cuando se trata de conceder becas para el alumnado con NEAE lo condiciona a otro tipo de trastorno, que puede darse como comorbilidad solo en algunos casos, tal y como ocurre con los trastornos de ansiedad, depresión, conducta negativista, etc. O a tener un grado de discapacidad, que por otra parte no se les reconoce.

Asimismo, la moción también destaca las estadísticas que ha utilizado el Ministerio de Sanidad en su Plan de Acción de Salud Mental, del cual se deriva la referida “Estrategia

de Salud Mental” ya aprobada y cuya vigencia es hasta el año 2026, incluido, corresponden a datos de 2017, dado que los informes que realiza el Sistema Nacional de Estadística se realizan cada 5 años.

Ante estos motivos, el Pleno de la Corporación ha adoptado los acuerdos de, además de la rectificación por parte del Ministerio de Educación de la concesión de becas, solicitar  la inclusión de la información pública relacionada con las estadísticas del alumnado con NEAE, al alumnado con TDAH, en las estadísticas del Ministerio. Así como la utilización de las definiciones sobre TDAH recogidas en los manuales internacionales de salud, en sus últimas versiones (DSM-5, CIE-11) por todos los organismo y administraciones competentes y referidos a su tratamiento.

Por otra parte, el tercer acuerdo recoge instar al Ministerio de Sanidad a la entrada en vigor de una “Estrategia de Salud Mental”, donde los datos se actualicen anualmente. Y, el último de los acuerdos, remitir el acuerdo adoptado a la Generalitat Valenciana, al Ministerio de Sanidad y al Ministerio de Educación y Formación Profesional.

En ese sentido, también se incorporaron varias modificaciones a partir de una enmienda propuesta por el Grupo Municipal Compromís, la cual se aceptó: «Remitir el acuerdo adoptado a la Generalitat Valenciana, al Comisionado de la Presidencia de la Generalitat para el Plan Valenciano de Acción para la Salud Mental, Drogodependencias y Conductas Adictivas, al Ministerio de Sanidad y al Ministerio de Educación y Formación Profesional». Así como, también se ha añadido un punto completo que afirma: «Instar a que el Plan Valenciano de Acción para la Salud Mental incorpore las observaciones que en el texto de esta moción se plantean».

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