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La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sagunto aprueba el convenio con la Unión Musical Porteña

  • La finalidad es regular la concesión de una subvención por un importe de 24.000 euros cuya finalidad es la promoción y el fomento de la cultura musical en el municipio

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sagunto, a propuesta de la delegación de Cultura, ha aprobado el convenio con la Unión Musical Porteña que regula la concesión de una subvención por un importe de 24.000€. La finalidad es la promoción y el fomento de la cultura musical en el municipio.

Según ha explicado el delegado de Presidencia y portavoz del Equipo de Gobierno, Sergio Muniesa “el convenio tiene como objetivo la regulación de la subvención concedida para la realización de actividades encaminadas al funcionamiento normal de las Escuelas de Educandos, las iniciativas musicales y los conciertos que lleva a cabo la Unión Musical Porteña. Continuamos con la labor de apoyo a la cultura musical que se realiza en nuestra ciudad”.

Concretamente, la Unión Musical Porteña realizará durante el ejercicio del año 2014, las siguientes actividades y actuaciones: la Banda Sinfónica interpretará el Concierto de Carnaval (en febrero), el Retrobem (en los meses de mayo y octubre), Santa Cecilia (en noviembre) y el concierto de Navidad (a finales de año). Por su parte, la Orquesta también actuará en el festival de Fin de Curso (en el mes de junio), en el Retrobem y en Santa Cecilia. Asimismo, la Banda Juvenil hará un concierto en Santa Cecilia (en noviembre). Además, los coros actuarán con la Banda y la Orquesta cuando el programa lo contemple.

Cabe destacar que la Unión Musical Porteña se compromete a colaborar con la Corporación en los actos que se organicen, como por ejemplo en pasacalles extraordinarios y en las visitas de personalidades.

Algunos de los gastos subvencionables son: las retribuciones del personal afecto a la actividad, los gastos de material, los seguros de accidente o responsabilidad civil afectos a la actividad o proyecto subvencionado, los pequeños gastos de reparación y mantenimiento de los bienes, la adquisición de material de oficina no inventariable, los gastos publicitarios o los derivados de la organización de reuniones y conferencias, los gastos relativos a la realización de cursos y los gastos de asesoría fiscal, entre otros.

El convenio tendrá vigencia durante un año, pudiendo prorrogarse durante un ejercicio completo a solicitud de la entidad beneficiaria.

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