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Las empresas licitadoras deberán inscribirse en el Registro Oficial de Licitadores durante este mes

ELPERIODIC.COM - 10/09/2018

El departamento de Contratación del Ayuntamiento de Sagunto recuerda que las empresas licitadoras deberán inscribirse obligatoriamente en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE) durante este mes de septiembre. Se trata de un trámite que se puede formalizar telemáticamente, de forma sencilla, y que es exigible para participar en los procedimientos abiertos simplificados, según lo dispuesto en la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.

Cabe destacar que el ROLECE acredita las condiciones de aptitud del empresario inscrito, en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y clasificación. Los contratos en la modalidad de abiertos simplificados son aquellos cuyo valor estimado sin IVA no supera las cuantías de 2.000.000 de euros en las obras y 100.000 euros en suministros y servicios, lo que supone la mayoría de los que se tramitan en el Ayuntamiento de Sagunto.

Según explica el delegado de Contratación del Consistorio, Pepe Gil, "la inscripción facilita la participación a las empresas, puesto que evita la necesidad de aportar en cada procedimiento toda la documentación que acredita las circunstancias que constan en el registro". Asimismo, Gil añade que también "reduce y agiliza las cargas administrativas" y finaliza destacando que "es muy importante para nosotros que las empresas locales y comarcales se encuentren inscritas no sólo para presentarse a las licitaciones del Ayuntamiento de Sagunto sino a todas las que se pueden encontrar en la Plataforma de Contratación del Sector Público".

Para formalizar la inscripción, que es gratuita, es necesario que el interesado o su representante dispongan de certificado electrónico (DNI electrónico) y que presenten una solicitud telemática, usando el formulario que se encuentra en la dirección https://registrodelicitadores.gob.es/. Posteriormente, se debe incorporar la documentación acreditativa, como es el caso de las escrituras de constitución, modificación, la justificación de estar inscrito en el Registro Mercantil o las cuentas anuales.