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Riba-roja subvencionará con hasta 8.000 euros la rehabilitación de las fachadas de los edificios que tengan más de 20 años de antigüedad

Riba-roja subvencionará con hasta 8.000 euros la rehabilitación de las fachadas de los edificios que tengan más de 20 años de antigüedad
  • El ayuntamiento abre el plazo para la solicitud de estas ayudas hasta el próximo 30 de septiembre con el objetivo de mejorar las fachadas de los edificios y, además, reactivar la economía local

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Riba-roja subvencionará con hasta 8.000 euros la rehabilitación de las fachadas de los edificios que tengan más de 20 años de antigüedad - (foto 2)
Riba-roja subvencionará con hasta 8.000 euros la rehabilitación de las fachadas de los edificios que tengan más de 20 años de antigüedad - (foto 3)

El Ayuntamiento de Riba-roja de Túria ha abierto el plazo para la solicitud de las subvenciones públicas encaminadas a rehabilitar las fachadas de las viviendas de tipología unifamiliar o los edificios plurifamiliares residenciales ubicados en el suelo urbano del término municipal. Los edificios y las viviendas deberán tener una antigüedad mayor de 20 años y tendrán de plazo para la solicitud hasta el próximo día 30 de septiembre.

Las bases reguladoras aprobadas por el equipo de gobierno pretenden combinar, al mismo tiempo, una mejora y adecuación de las fachadas de los edificios y viviendas previstos y, además, una reactivación de la economía local a través de las obras que suponen estas actuaciones. Las obras contempladas en las subvenciones económicas están encaminadas a la rehabilitación de las fachadas recayentes a la vía pública de los edificios y viviendas descritos.

Entre las obras previstas en las bases de regulación están incluidas la reparación o ejecución de los revestimientos de las fachadas, aunque se excluyen los revestimientos de piedra completos en la fachada. De esta forma, sólo se considerarán subvencionables los revestimientos de piedra en zonas concretas como el zócalo o el contorno de los huecos. Además, se podrá subvencionar la pintura de la fachada y sus elementos de carpintería y rejas.

La iniciativa municipal se extiende a los elementos ornamentales para ocultar las canalizaciones y los cableados que discurran por la fachada, así como el vierteaguas y las piezas de remate. En los balcones y las terrazas abiertas sólo podrán incluirse la reparación del revestimiento de los parámetros verticales siempre que los mismos se encuentren a menos de 1 metro de la alineación del vial, además de los aleros. En las viviendas aisladas se incluyen los cerramientos de parcela recayentes al vial, pero se excluyen las fachadas que recaigan al interior de la parcela.

Un punto a tener en cuenta es la obligación de utilizar colores de materiales armonizados con el entorno, así como la composición de la fachada, y cuyo incumplimiento puede suponer la exclusión del proceso de subvenciones tras las correspondientes evaluaciones de los técnicos municipales. Los propietarios deberán, además, obtener las correspondientes licencias de obras o declaraciones e obras antes de la ejecución de las mismas.

El presupuesto de las obras incluirá el presupuesto de ejecución material, los gastos generales y el beneficio industrial, excluido los impuestos sobre el valor añadido (IVA). La cuantía de las ayudas será del 50% del presupuesto protegido de la actuación, con un importe máximo de 2.000 euros por vivienda y un máximo de 8.000 euros en el caso de los edificios plurifamiliares. En el caso de ejecutarse más obras de la prevista, el importe de la subvención no variará.

Los futuros beneficiarios deberán cumplir una serie de normas y requisitos. Sólo serán objeto de subvención las viviendas unifamiliares o los edificios plurifamiliares residenciales, situados todos en el término municipal de Riba-roja de Túria con una antigüedad superior a los 20 años desde el certificado de la obra o, en su defecto, desde la fecha de construcción según el catastro correspondiente. Podrán ser beneficiarios las personas o entidades propietarias y las comunidades de propietarios, así como los arrendatarios con autorización del propietario.

Entre las obligaciones de los beneficiarios destacan el cumplimiento del objetivo a realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, justificar ante el órgano concedente los requisitos y condiciones, someterse a las actuaciones de comprobación que efectuará el órgano correspondiente, comunicar si han obtenido otras subvenciones, acreditar que está al corriente de las obligaciones tributarias, conservar los documentos justificativos y dar publicidad de la financiación de las obras que hayan sido objeto de la subvención, entre otras. El plazo para la presentación de las solicitudes concluye el próximo 30 de septiembre.

En los criterios de adjudicación de las subvenciones se tendrán en cuenta el estado de conservación de las fachadas con hasta 35 puntos, la antigüedad de la edificación con otros 15 puntos como máximo, las actuaciones a ejecutar por empresas locales se concederá con otros 10 puntos, las fachadas recayentes a espacios públicos tendrán otros 10 puntos, los inmuebles ubicados en sectores gestionados y completamente urbanizados serán computados con otros 20 puntos y, por último, si el edificio dispone del informe de evaluación supondrá otros 20 puntos. Hasta el próximo 31 de diciembre de 2023 se podrán realizar las obras y presentar la documentación justificativa.

El alcalde de Riba-roja de Túria, Robert Raga, ha afirmado que estas actuaciones municipales “tienen como objetivo adecentar todas aquellas fachadas de las viviendas y edificios con más de 20 años de forma que no sólo tiene un componente estético sino que, al mismo tiempo, sirve para favorecer la economía local con la contratación de las obras en las empresas radicadas en nuestro municipio, tal y como se establece en las bases reguladoras”. 

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