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Prohíben la quema de sarmientos y otros restos agrícolas entre el 1 y el 12 de abril

  • La Dirección General, dependiente de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, recuerda que la Semana Santa es una de la épocas del año de mayor afluencia en áreas recreativas y zonas de acampada

  • Esta prohibición suspende temporalmente las condiciones del Plan Local de Quemas de Requena, cambiadas recientemente para ampliar el plazo de quema de sarmientos con el fin de combatir la plaga de conejos.

La Dirección General de Gestión del Medio Natural, dependiente de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, ha puesto en marcha el Plan de Vigilancia y Extinción de Incendios Forestales Pascua 2010, en colaboración con la Conselleria de Gobernación, la Diputaciones provinciales, los Ayuntamientos y la Administración general del Estado.

De cara a la campaña vacacional de Semana Santa, en la que crece el número de visitantes a las zonas de acampada, áreas recreativas y segundas residencias, la Conselleria prohibirá entre el 1 y el 12 de abril las siguientes actividades:

La quema de márgenes de cultivos o de restos agrícolas o forestales
La quema de cañares, carrizales o matorrales ligada a algún tipo de aprovechamiento ganadero, cinegético o de cualquier otro tipo.

Operaciones de destilación de plantas aromáticas
De esta forma, los agricultores de nuestra comarca tendrán prohibida la quema de sarmientos procedentes de la actividad en sus campos, pese a que recientemente la Conselleria aprobó una modificación del Plan Local de Quemas que aumentaba los plazos en los que la quema de los mismos está habilitada. La Conselleria recuerda que “en los planes locales de quema quedarán en suspenso las acciones o actividades anteriormente citadas que, para esos días, puedan contemplar”.

Las restricciones establecidas en aplicación de la Orden de 2 de marzo de 2005 de la Conselleria de Territorio y Vivienda no afectarán a la utilización de fuego en lugares preparados y autorizados a este efecto dentro de las instalaciones recreativas situadas en el entorno forestal, salvo que se establezca el nivel 3 de preemergencia por incendios forestales.

La Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Requena quiere transmitir a la ciudadanía un aviso para que se acate escrupulosamente el contenido de esta orden y para que se extremen las precauciones a la hora de encender cualquier tipo de fuego en las zonas habilitadas, con el fin de evitar la aparición de incendios forestales o su propagación.

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