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El Ayuntamiento de Requena se adhiere a la ampliación del Plan de pago a proveedores aprobado por el Ministerio se Hacienda

  • Permitirá satisfacer pagos pendientes anteriores a mayo de 2013

Tras su aprobación en Consejos de Ministros el pasado 29 de junio entró en vigor el Real Decreto-Ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros.

De esta forma, se pone en marcha una ampliación del Plan de pago a proveedores que tiene como objetivo primordial ayudar a las Administraciones autonómicas y locales a poner el contador de su deuda comercial a cero. Mediante el mismo se cancelarán las obligaciones pendientes de pago presentadas con anterioridad a 31 de mayo de 2013.

El alcalde de Requena, Javier Berasaluce, ha valorado de forma muy positiva esta ampliación ya que “se podrán evitar los problemas de liquidez de las empresas y, de esta forma, el impacto económico general será muy positivo ya que una mayor liquidez supondrá que estas empresas puedan mantener su actividad y generar empleo”

Así, en estos momentos el Ayuntamiento se encuentra confeccionando una relación de todas aquellas facturas emitidas antes del 31 de mayo de 2013 que se encuentran pendientes de pago para enviarla al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas con el objeto de que las mismas sean incluidas en esta ampliación del mecanismo de financiación para el pago a proveedores.

Los proveedores podrán consultar la relación certificada en el Servicio de Atención y Tramitación del Ayuntamiento desde el 25 de julio hasta el 6 de septiembre.

En caso de que un proveedor se encuentre incluido en la relación de facturas y desee acogerse al mecanismo de pago a proveedores deberá aceptar el pago de las mismas. La aceptación del pago de la deuda por este mecanismo se podrá realizar bien por vía telemática en la página web del Ministerio de Haciendas y administraciones Públicas o bien remitiéndola al Ayuntamiento.

En caso, de que un proveedor no se encuentre incluido en la relación certificada podrá solicitar al Ayuntamiento, desde el 19 de julio hasta el 6 de septiembre, un certificado individual que deberá ser expedido en el plazo de 10 días hábiles desde la solicitud. Si una vez concluido este plazo no se hubiera contestado la solicitud, ésta se entenderá rechazada si bien se considerará inhábil, a estos efectos, el mes de agosto. La solicitud del certificado individual implica la aceptación del pago por este mecanismo.

Por último, antes del 20 de septiembre, el Ayuntamiento comunicará al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por vía telemática y con firma electrónica, la relación de obligaciones que, cumpliendo los requisitos de la norma, han sido aceptadas por los proveedores. Estás serán las facturas que finalmente se incluyan en el mecanismo de pago.

En cuanto al momento en que se producirá el pago de las facturas, cabe señalar que estas no se abonarán directamente por el Ayuntamiento sino a través de distintas entidades bancarias, si bien se estima que el abono podría producirse a mediados de noviembre.

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