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El Consell acuerda la alteración de los términos municipales de Canals y L’Alcudia de Crespins

    El Consell ha acordado hoy la alteración de los términos municipales de Canals y L’Alcudia de Crespins, debido a que la expansión de los núcleos urbanos hacía complicado trazar la línea divisoria, hasta el punto que esta línea discurría por inmuebles que quedaban divididos en porciones pertenecientes a cada uno de los dos municipios. También se veía afectada la red viaria y las redes de infraestructuras municipales, lo que dificultaba su gestión y mantenimiento.

    De este modo, se intercambian las porciones de términos necesarias para posibilitar un trazado de la línea divisoria por el eje de la red viaria. En concreto, el Ayuntamiento de L’Alcudia de Crespins recibe 6.112,76 metros cuadrados, mientras que el Ayuntamiento de Canals incorpora a su término municipal 5.272,68 metros cuadrados.

    Las causas que justifican la segregación vienen recogidas en el artículo 16 de la Ley 8/2010, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana, donde se especifica que puede llevarse a cabo la alteración de los términos municipales ante “la confusión de núcleos de población, como consecuencia del desarrollo urbanístico, y la existencia de condiciones económicas, administrativas o de cualquier otro carácter que hacen necesaria o conveniente la segregación”.

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