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La Diputación aprueba las bases del plan para el fomento del empleo en los pueblos

  • La corporación provincial distribuirá a los ayuntamientos 5 millones de euros en ayudas destinadas a la contratación de desempleados en los municipios

La Comisión de Cooperación Municipal de la Diputación de Valencia ha aprobado hoy, con los votos a favor de PP y la abstención de PSOE, EU y Compromís, las bases del Plan de Empleo Conjunto de las Administraciones Públicas Valencianas con las que comenzará a gestionar las subvenciones a empresas de la provincia para la contratación de desempleados.

La Diputación articulará para los ayuntamientos las ayudas económicas promovidas por la Generalitat Valenciana y la propia institución provincial para el fomento del empleo local con las citadas empresas, por un valor total de 5 millones de euros.

A estos fondos se sumarán los 2,5 millones que deben aportar los consistorios, con el fin de que la ayuda final destinada a la lucha contra el desempleo sea la suma de la aportación de un tercio del coste total de la iniciativa por parte de cada una de las instituciones implicadas.

El Pleno de la corporación provincial deberá ratificar la aprobación de las bases la próxima semana y, tras su posterior publicación en el BOP, las entidades locales infraprovinciales podrán adherirse a ellas para iniciar la contratación de personas desempleadas en los municipios.

Podrán beneficiarse de esta convocatoria las entidades locales o agrupaciones de éstas de la provincia de Valencia, constituidas específicamente para participar en el programa, aunque los destinatarios finales de las ayudas serán las empresas que realicen las contrataciones para la prestar servicios en la provincia.

Según el documento de la Diputación, se subvencionará la contratación de trabajadores desempleados e inscritos de forma ininterrumpida como demandantes de empleo en los centros del SERVEF de la Generalitat desde, al menos, el 1 de marzo de 2013, contrataciones que serán subvencionables con una ayuda máxima de 1.125 euros por un periodo de, al menos, tres meses y una jornada mínima de 25 horas semanales.

Las subvenciones, que la institución concederá en régimen de concurrencia competitiva, serán incompatibles con cualquier otra ayuda para la misma acción, salvo con la bonificación de cuotas a la Seguridad Social.

Quedan excluidas de las bases aprobadas las contrataciones realizadas por administraciones, empresas y fundaciones públicas; las realizadas por empresas de trabajo temporal; las de empresas sancionadas en los dos años anteriores y las empresas en crisis, en general, aunque las condiciones específicas de este supuesto se pueden consultar en el propio documento.

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