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El PSPV reclama la implantación de la enfermera escolar en los centros de educación especial en cumplimiento de la ley valenciana 8/2008

  • El diputado Vicent Arqués ha defendido la presencia de estos profesionales en los centros educativos por su labor en la “formación de hábitos saludables”, así como en “la prevención y modificación de hábitos inapropiados”

El diputado autonómico socialista por Alicante y alcalde de Alfàs del Pi, Vicent Arqués, ha reclamado hoy la implantación de la enfermera escolar en los centros de educación especial de la Comunitat Valenciana en cumplimiento de la ley valenciana de 2008.

Asimismo, ha considerado necesaria su presencia en los centros educativos por la labor que realizan de “formación en hábitos saludables”, así como en “la prevención y modificación de hábitos inapropiados”. Respecto de los centros de educación especial donde se encuentran niños con graves problemas de salud como parálisis cerebral, enfermedades metabólicas, autismo, trastornos generalizados del desarrollo y con deficiencias físicas y sensoriales asociadas a su discapacidad, ha afirmado que todos ellos “necesitan de la supervisión continua de un profesional sanitario”, por lo que su presencia es “indiscutible”.

Arqués, que formulará una pregunta sobre esta cuestión al conseller de Sanidad, Manuel Llombart, en la Comisión de Sanidad que se celebrará la semana que viene en Les Corts, ya ha intervenido más veces en la citada comisión parlamentaria –concretamente en noviembre de 2011 y marzo de 2012- para reclamar este servicio, insistiendo en la importancia de la presencia de estos profesionales en las aulas.

Por todo ello, el diputado del PSPV volverá a exigir al Consell que cumpla lo que establece la Ley 8/2008, de los Derechos de Salud de niños y adolescentes de la Comunidad Valenciana, que “todos los centros de educación especial cuenten con una enfermera escolar de forma permanente” y pedirá una vez más a la conselleria a que “cumpla su deber constitucional” de organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios según el artículo 43 de la Constitución española, así como de “desarrollar programas de atención a grupos de población de mayor riesgo, como son estos niños con necesidades especiales”, ha puntualizado.

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