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La Policía de la Generalitat interviene objetos arqueológicos que comercializa un particular a través de internet

La Policía de la Generalitat interviene objetos arqueológicos que comercializa un particular a través de internet
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    La Policía de la Generalitat interviene objetos arqueológicos que comercializa un particular a través de internet - (foto 2)

    El Grupo de Patrimonio Histórico de la Policía de la Generalitat ha intervenido 36 objetos procedentes presumiblemente del expolio de un yacimiento arqueológico que un particular comercializaba a través de internet. Entre estos objetos se encuentran dos colmillos de marfil de morsa. Cabe recordar que en España está prohibida la venta de piezas de marfil de especies protegidas que carezcan de documentación otorgada por CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) a no ser que las piezas sean anteriores al 1 de junio de 1947 y esté certificado por la Federación Español de Anticuarios.

    Objetos arqueológicos

    En cuanto al resto de piezas, los agentes del Grupo de Patrimonio han determinado que con toda probabilidad se trata del expolio en yacimientos arqueológicos, circunstancia que dificulta determinar la procedencia exacta de dichas piezas a partir del examen de las mismas. Sin embargo, a pesar de esta dificultad, una buena parte del conjunto parece pertenecer a época romana imperial, es decir se trataría de piezas fechadas entre los siglos I-III D.C. y entre ellas un conjunto de material quirúrgico de época romana. Las piezas arqueológicas han sido depositadas en el Museo de Prehistoria de Valencia

    Tramitadas las diligencias policiales, se han remitido a la Fiscalía Provincial de Valencia, así como copia a la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales. El propietario de estos objetos se enfrenta a sendos delitos relativos a la protección de la flora y fauna, y sobre el patrimonio histórico.

    Asimismo, en el caso de que se archive la causa por parte de la autoridad judicial, por no apreciarse un ilícito penal, podría iniciarse un procedimiento sancionador administrativo por parte de la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales, por infracción administrativa de contrabando.

     

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