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Podemos ha presentado una Proposición No de Ley sobre la protección y garantía de los derechos lingüísticos en el ámbito de la justicia

Podemos ha presentado una Proposición No de Ley sobre la protección y garantía de los derechos lingüísticos en el ámbito de la justicia

    El Grupo Parlamentario de Podemos – En Comú Podem – En Marea ha presentado una Proposición No de Ley sobre la protección y garantía de los derechos lingüísticos en el ámbito de la justicia, para su debate en la Comisión de Justicia.

    En el acto de presentación que ha tenido lugar en el Congreso de los Diputados han participado parlamentarios de los territorios con lengua propia, tales como Jaume Moya (Catalunya), Rosana Pastor (País Valencià), Yolanda Díaz (Galicia), Juan Pedro Yllanes (Balears), Sofía Castañón (Asturias) y Jorge Luis (Aragón).

    La diputada Rosana Pastor ha iniciado su intervención citando una canción de Raimon, < jo vinc de un silenci antic i molt llarg >. Palabras que según ha dicho Pastor  "reflejan lo que ha sido las dos décadas del gobierno de Partido Popular con respecto al fomento y  uso del valenciano". La diputada ha defendido la necesidad que las diferentes lenguas del Estado, entre ellas el valenciano, estén presentes en todos los ámbitos de la vida pública incluida la Justicia, en este sentido ha manifestada que "ningún ciudadano ni ciudadana pueda ser privado de sus derechos por hacer uso de su lengua propia".

    En las intervenciones han puesto de manifiesto que España, como país de países, tiene que construirse valorando y dignificando su rica diversidad nacional, cultural y lingüística y se ha denunciado que en la práctica estos derechos lingüísticos en el mundo judicial español no se cumplen.

    Por ello, el Grupo Parlamentario de Podemos – En Comú Podem – En Marea propone al Congreso de los Diputados instar al Gobierno a:

    1.-      La modificación de la normativa procesal necesaria para asegurar el derecho de opción lingüística en todo el proceso judicial y ante todas las jurisdicciones, contemplando la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Enjuiciamiento Civil y otras leyes procesales pertinentes.

    2.-      La inclusión en la primera actuación procesal del requisito de indicar el idioma oficial en el que se desea desarrollar todo el proceso judicial, a fin de poder respetar los derechos lingüísticos de todos los intervinientes en la acción judicial.

    3.-      La previsión que la elección realizada se haga constar en la carátula del procedimiento, en un lugar y de manera manifiesta y visible, para que en instancias superiores pueda constatarse fácilmente la opción escogida, y asegurar con esto la efectividad.

    4.-      La previsión que, en el caso de no ejercitarse de forma expresa el derecho de opción lingüística en la primera actuación procesal, y mientras éste no se ejercite de forma expresa,  por defecto el proceso se tramitará en la lengua oficial propia y, en caso que haya dos más lenguas oficiales, en la lengua más minoritaria.

    5.-      La presentación de un plan para fomentar y promocionar entre los jueces y fiscales, y otros actores judiciales, el conocimiento y respeto de los derechos lingüísticos de las personas de aquéllos territorios con distintas lenguas oficiales.

    6.-      La modificación de la legislación necesaria para fijar como requisito para los magistrados, jueces, fiscales y letrados de la administración de justicia y demás intervinientes públicos, el conocimiento suficiente oral y escrito de todas lenguas oficiales de la demarcación judicial en la cual ejerzan su profesión.

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