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Podemos apuesta por una batería de reformas legislativas con las que mejorar el control de las cuentas

Podemos apuesta por una batería de reformas legislativas con las que mejorar el control de las cuentas

    El grupo parlamentario Podemos en las Cortes Valencianas ha presentado esta mañana una proposición de ley con medidas concretas para evitar los abusos que están saliendo a la luz presuntamente cometidos por altos cargos del Partido Popular. La propuesta de Podemos pretende una modificación urgente que permita un control efectivo y más amplio del sector público valenciano y además garantizar la independencia y autoridad del personal de la Sindicatura de Cuentas responsable del control y fiscalización del sector público.

    El Síndic del grupo, Antonio Montiel, ha explicado que “ 30 años después de comenzar la andadura del control externo autonómico se ha cumplido un ciclo y los vergonzosos episodios de corrupción que están aquejando a esta Comunidad hace necesario que se reforme de manera urgente la Ley de Sindicatura de Comptes para mejorar su rendimiento, hacer efectivas sus recomendaciones y ganar en independencia respecto del poder político”

    En la propuesta presentada hoy, Podemos solicita que los máximos responsables de la Sindicatura de Cuentas sean tres y que sean elegidos por las Corts Valencianes por un periodo de seis años renovables tan solo una vez. Se establece además un segundo control : que no puedan ostentar este cargo quienes hayan sido miembros del Gobierno o cargo electo en instituciones representativas. Esta limitación se extiende además a autoridades o funcionarios que hubieran desempeñado funciones de dirección, gestión, inspección o intervención de ingresos o gastos en entidades del sector público valenciano.

    Según Montiel, “ en nuestra propuesta exponemos que se amplíe el concepto de sector público valenciano y por tanto, que también estén sometidos a control por parte de la Sindicatura las entidades constituidas con una aportación mayoritaria del Consell o de los entes del sector público instrumental y las fundaciones cuyo patrimonio fundacional esté conformado en más de un cincuenta por ciento por bienes o derechos aportados o cedidos por dichas entidades; las Instituciones de la Generalitat hasta ahora huérfanas de fiscalización como el Consejo Jurídico Consultivo; las universidades públicas y las corporaciones públicas que gestionen o administren fondos públicos”.

    Se incluyen además las Entidades Locales que conforman el territorio de la Comunidad Autónoma, sus Organismos Autónomos, cualquiera que sea su naturaleza, las empresas públicas dependientes de las mismas y cuantas Entidades estén participadas mayoritariamente por ayuntamientos y diputaciones.

    Asimismo figuran entre las entidades que deben ser controladas por la Sindicatura de Cuentas los partidos políticos, las coaliciones o agrupaciones de electores, exclusivamente en lo que se refiere a la gestión de subvenciones y/o asignaciones para gastos electorales procedentes de los presupuestos de la Generalitat. Se incrementará además la frecuencia de la información en tanto que deberá exponer sus informes parciales cada cuatro meses con informes exhaustivos de actividad para lograr una mayor eficacia, al tiempo que podrá formular sugerencias parciales en orden a mejorar la gestión del sector público y conseguir un incremento de la transparencia y control del mismo en servicio a la acción legislativa de les Corts.

    La iniciativa legislativa presentada hoy por el grupo parlamentario Podemos es complementaria de la proposición de ley que ya presentó en noviembre pasado para la creación de la Agencia de Prevención del fraude y la corrupción:
    “La nueva iniciativa legislativa que propone Podemos- explica Montiel- va paralela a la Agencia que nosotros promovemos y con todo ello pretendemos establecer un marco jurídico que incremente los controles para evitar situaciones indeseables en relación con el manejo de dinero público y el funcionamiento de las administraciones, al tiempo que se mejora la independencia en la designación de las personas responsables de las tareas de fiscalización de entidades, fundaciones y empresas públicas. “

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