Valencià

El Ayuntamiento plantea la modificación de la Ley de Suelo no Urbanizable

  • Propone rebajar la necesidad de una hectárea hasta 5000m2 para poder construir viviendas vinculadas a explotación agrícola

Uno de los rasgos de identidad de la Comunidad Valenciana es su gran diversidad social, cultural, lingüística y natural, concentrada en un reducido espacio territorial caracterizado en las últimos años por una gran presión urbanizadora sobre lugares muchas veces con una gran calidad ambiental y paisajística, y por desgracia acompañado de un creciente y rápido abandono de las tierras de uso agrícola.

El deterioro continuado del sector agrícola, junto con el minifundismo endémico en nuestra Comunidad, han llevado en los últimos años a un abandono importante de explotaciones agrarias, especialmente de cítricos, estimándose ya en muchos municipios tasas de más del 20% de explotaciones abandonadas con el consiguiente deterioro del paisaje, insalubridad para las propias epidemias que afectan a los cítricos y durante las épocas de calor, riesgo importante de incendios por la maleza acumulada. El sector agrario ha sido el que en otras crisis económicas ha servido de refugio temporal de la mano de obra. Actualmente, a causa de la profunda depresión que sufre, no puede desempeñar esta función.

Dada la competencia autonómica en la decisión de los aspectos de relevancia territorial y la importancia de su coordinación con los planeamientos urbanísticos municipales, desde el Ayuntamiento de Pego proponemos que en el marco de las Directrices de la nueva Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana, se contemplen las siguientes posibilidades:

La revisión de los artículos 20, 21,22 y 23 de la Ley 4/2004, con la finalidad de potenciar la figura de la vivienda vinculada a explotación agrícola. En la actualidad, para la edificación en suelo rustico no urbanizable común la parcela mínima debe de ser de una hectárea (10.000 m2) según el art. 21 b) de dicha Ley. Hemos visto como recientemente, en la Ley 12/2010 de Medidas Urgentes para Agilizar el Ejercicio de Actividades productivas y Creación de Empleo, ya se procede a crear ciertas modificaciones de tanto la Ley 16/2005 de 30 de diciembre de la Generalitat, Ley Urbanística Valenciana como de la Ley 10/2004 de 9 de diciembre, de la Generalitat, de Suelo No Urbanizable, modificaciones que ya intentan facilitar y mejorar ciertas actividades en dicho suelo no urbanizable común.

A nuestro entender, dentro de esta línea, se debería considerar la posibilidad de reducir la parcela mínima a media hectárea, con una edificabilidad del 2,5%, tipología autóctona y obligatoriedad de mantenimiento de las parcelas en producción, así como el cumplimiento del resto de obligaciones que impone la propia Ley del suelo no urbanizable (resto de disposiciones que contempla el art. 21). Con ello se pretende dar salida a una reivindicación histórica de los valencianos, que desde siempre han deseado tener la “casa de campo” y que nadie ha dado nunca salida a esta demanda.

Actualmente vemos que hay muchas de estas viviendas fuera de ordenación, consolidadas y que sería este el momento adecuado para poder dar salida a esta situación, creándose los medios necesarios para su legalización y puesta en valor, mediante las figuras legales que la propia administración autonómica considere.

El potenciar esta tipología de viviendas, legalizándolas e imponiendo los condicionantes de integración paisajística, sería posiblemente en la actualidad una puerta importante de salida tanto para la mano de obra del sector de la construcción y especialmente del colectivo de autónomos y pequeñas empresas, como para los técnicos (arquitectos, aparejadores, ingenieros, electricistas, ingenieros agrónomos, etc…..) y también para la puesta en valor del cultivo de dichas parcelas, que absorberían mano de obra agrícola, por la condición de mantener las parcelas en producción. También sería un momento importante para poder imponer nuevas tecnologías, sobre todo aquellas relacionadas con la obtención de energías renovables y respetuosas con el medio ambiente.

Además de todo lo expuesto, en la realidad del campo valenciano y por nuestro minifundismo, difícilmente podemos encontrar parcelas de una hectárea y concretamente en las zonas de cultivo de regadío de la comarca de la Marina Alta, menos aun. Dado que el municipio de Pego queda enmarcado en el análisis de ciudades en el punto 01.3.3 dentro de los sistemas urbanos de apoyo al mundo rural, como centro de polaridad comarcal y con la finalidad de recuperar la cultura tradicional, paisaje y la tranquilidad, de nuestro municipio entendemos que por su ubicación geográfica de acceso a valles del interior de la montaña de Alicante, sería perfectamente compatible desde el punto de vista estratégico (al igual que otros de características similares) para esta tipología edificatoria, descargando así las posibles presiones futuras de la tipología urbanizadora a la que estábamos expuestos con las normativas anteriores, modelos que hemos podido ver cómo han fracasado y ante los cuales, desde la administración tanto local como autonómica tenemos la obligación de buscar nuevos modelos compatibles con nuestra idiosincrasia de valencianos, más respetuosos con nuestro entorno natural y que creen una buena calidad de vida, que es lo que hasta la fecha ha sido objeto de deseo de muchos residentes del resto de países de la Unión Europea que han elegido los pueblos de nuestras comarcas para su residencia.

Por todo lo expuesto, consideramos desde este Ayuntamiento de Pego, que el Gobierno de la Generalitat debería de considerar este tipo de reivindicaciones, muchas de ellas con un gran respaldo popular, a la hora de confeccionar definitivamente la Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana.

Subir