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Navarro denuncia las evasivas de Rajoy para no concretar sobre el plan de ajuste

  • El senador del Grupo Parlamentario Socialista califica de "injusto y desmerecido" el pasotismo del presidente del gobierno con los valencianos

A principios de verano, el senador electo por Castelló, Enrique Navarro, junto con los de senadores por Alicante y Valencia, preguntaron en el Senado qué solución proponía el gobierno de España para los ayuntamientos de la Comunidad Valenciana que no pudieron acogerse a los Planes de Ajuste previstos en el Real Decreto-ley 4/2012 de 24 de febrero, a lo que el gobierno respondió, "en los momentos actuales, el procedimiento derivado del Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, no se encuentra finalizado, por lo que la información individualizada, referida a cada de las entidades locales, no se puede considerar definitiva". Para Navarro, "no son más que evasivas del gobierno de Mariano Rajoy para eludir responsabilidades".

En el comunicado, el ejecutivo aseguraba que "el citado mecanismo tiene como finalidad el pago de obligaciones pendientes de las entidades locales con sus proveedores y la posibilidad de convertir esta deuda comercial en deuda financiera a largo plazo (diez años, con los dos primeros de carencia de amortización del principal). Para ello, es necesario que las entidades locales aprueben un plan de ajuste. El mecanismo se aplica por igual a todas las entidades locales, sin que exista ninguna especialidad para algunas comunidades autónomas frente a otras".

En el escrito, gobierno afirma que, "conforme a lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto-Ley 4/2012, de 24 de febrero, para aquellas entidades locales que no formalicen la operación de endeudamiento derivada de la citada norma, el órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas u organismo público competente efectuará las retenciones que procedan con cargo a las órdenes de pago que se emitan para satisfacer su participación en los tributos del Estado, sin que pueda afectar al cumplimiento de las demás obligaciones derivadas de las operaciones de endeudamiento financiero contempladas en el plan de ajuste. Para ello, se aplicará el régimen previsto para los acreedores públicos en la Disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y lo que, en su caso y en desarrollo de aquélla, dispongan las Leyes de Presupuestos Generales del Estado".

Respecto al porcentaje de retención de los fondos, el ejecutivo aclara que "será el que cada año determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado, habiéndose concretado en el artículo 111 de la correspondiente a este año 2012 (Ley 2/2012, de 29 de junio), un límite del 50 por ciento de la participación en los tributos del Estado".

El gobierno de España recuerda que "no obstante, con anterioridad, al objeto de evitar la aplicación de esta medida, según nota informativa de fecha 31 de mayo, publicada en la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales, en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se habilitó un nuevo plazo para posibilitar la formalización de operaciones de préstamo, en el mes de julio, por las entidades locales que, aun estando interesadas en la aplicación de dicha medida, no pudieron hacerlo, por distintos motivos, en el mes de mayo".

En dicho comunicado el ejecutivo afirma que "al período de ampliación se pudieron acoger las entidades locales que se encontraban en algunas de las siguientes situaciones: las que antes de 31 de marzo elevaron al Pleno un plan de ajuste, finalmente no aprobado por el mismo; Las que elevaron al Pleno un plan de ajuste, que se aprobó por éste, pero no fue valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas; Las que, teniendo un plan de ajuste aprobado y valorado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, no tuvieron aprobación de la concertación de la operación de préstamo por el órgano competente de la corporación local (normalmente por falta de mayoría suficiente, de acuerdo con la normativa aplicable); Aquellas cuyo órgano competente haya aprobado la formalización de préstamos por importe o por plazo de amortización distintos de aquéllos por los que debieron aprobarlos.

Por último, el gobierno asegura que "dentro del marco de este nuevo plazo concedido a las entidades locales, se han presentado 240 planes de ajuste, los cuales han sido objeto de valoración por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas" e insiste en que "de estos, 19 han correspondido a la Comunitat Valenciana, habiéndose valorado favorablemente 14", algo que Navarro ha considerado como "injusto y desmerecido". El ejecutivo concluye, "esta favorable valoración permitirá a los ayuntamientos que los presentaron concertar la operación de préstamo".

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