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El alcalde aporta un informe de Intervención que certifica la correcta tramitación del contrato del proyecto del Auditorio

  • Lorenzo Agustí comparece en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Paterna para contestar a todas las preguntas formuladas por Jueza y Fiscal

El alcalde de Paterna Lorenzo Agustí ha respondido esta mañana en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Paterna a todas y cada una de las preguntas formuladas por la jueza y el fiscal en relación a la contratación del proyecto del auditorio Antonio Cabeza.

El primer edil se ha reafirmado en todo cuanto ya explicó en el Pleno Extraordinario celebrado el pasado 16 de agosto, en el que el alcalde justificó que toda la tramitación se realizó conforme a Ley y siguiendo las indicaciones e informes de los funcionarios Jefes de Sección y Habilitados Nacionales. “Todas las resoluciones municipales adoptadas en relación a dicha contratación siguieron los trámites legales correspondientes”, ha declarado el alcalde.

La contratación del proyecto a la empresa ganadora del concurso de ideas no se realizó por tanto “a dedo” –como defiende la acusación socialista– sino atendiendo a lo estipulado en el artículo 216 del Real Decreto Ley 2/2000 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, Ley vigente en el momento de la contratación. Dicha Ley habilitaba a la Sociedad Urbanística Municipal a adjudicar la redacción del proyecto a quien hubiera resultado ganador del concurso de ideas, mediante procedimiento negociado sin publicidad, por lo que se inició su tramitación con informe positivo y visto bueno de los técnicos municipales, incluidos los habilitados nacionales. Constan en el expediente más de una docena de resoluciones con informes favorables de distintos funcionarios que avalan el procedimiento que se siguió para la tramitación del proyecto. El Ayuntamiento tramitó la contratación del proyecto siguiendo escrupulosamente la legislación vigente en el momento en que se inicia el expediente, ya que la propia Ley 30/2007 indica en su disposición transitoria primera que los expedientes de contratación iniciados antes de la entrada en vigor de esta Ley, que lo hizo en fecha 30 de abril de 2008, debían regirse en todo caso por la normativa anterior.

En este sentido el alcalde ha aportado recientemente para conocimiento de la jueza un informe del Interventor Municipal en el cual constata que “los pliegos de dicho concurso restringido de ideas para la ordenación de la parcela “capitán Alfonso”, según la documentación aportada, se redactaron con anterioridad al 30 de abril de 2008, así como el inicio de dicho concurso, por lo que toda la contratación posterior se regula según el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, que aprueba el texto refundido de la ley de contratos de la administración pública”. El primer edil ha recordado que “la base de la denuncia del portavoz socialista, Juan Antonio Sagredo, es un informe no concluyente de la Secretaria General que se contradice con los informes del Interventor Municipal”. En este sentido Lorenzo Agustí ha reiterado que no pudo existir prevaricación cuando en ningún caso se tomaron decisiones arbitrarias, sino que se siguió con el mejor criterio posible las instrucciones derivadas de los informes municipales.

El alcalde de Paterna, Lorenzo Agustí, manifiesta su "total confianza en el sistema judicial español", así como su convencimiento de que cuando la magistrada pueda valorar toda la documentación en su conjunto quedará probado que la denuncia presentada por el portavoz socialista, Juan Antonio Sagredo, tiene el único fin obtener notoriedad y menoscabar su imagen. Lorenzo Agustí ha recordado que “desde la lealtad a la institución municipal que debe regir las relaciones entre los distintos grupos políticos, la oposición de Paterna ha tenido siempre total acceso a los expedientes municipales”. Por el contrario el primer edil mostró su rechazo al “uso político que el portavoz socialista, Juan Antonio Sagredo, viene realizando del sistema judicial”.

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