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La Guardia Civil interviene mas de 700 bengalas de señalización marina caducadas almacenadas ilegalmente en un edificio en Oliva

La Guardia Civil interviene mas de 700  bengalas de señalización marina caducadas almacenadas ilegalmente en un edificio en Oliva
  • El Equipo de Desactivación de Explosivos de la Guardia Civil de Valencia ha extraido para su posterior destrucción de estos elementos de señalización que se encontraban abandonadas en los bajos de un edificio

La Guardia Civil de Valencia tuvo conocimiento a través de  operarios de una empresa mientras realizaban labores de extracción de agua en los bajos del edificio en obra, actualmente paralizado,  sito en el Camino  Viejo a Denia (Oliva), habían hallado dentro del agua  algún tipo de carcasas, sin poder precisar de que se trata.  

La patrulla del Puesto de la Guardia Civil de Oliva (V), personada en el lugar, comprueba que se trataba de bengalas y botes fumígenos de uso marítimo.

Posteriormente el EDEX de servicio se desplaza hasta el mencionado lugar, constatando la existencia de multitud de BENGALAS DE SEÑALIZACIÓN MARINA, solicitando la presencia de una brigada de limpieza y la extracción  y/o evacuación del agua que se encontraba estancada  en los bajos del edificio abandonado.

Se comprueba que los mencionados efectos estaban esparcidos por todo la superficie interior de la obra abandonada,  se encontraban en muy mal estado de conservación al haber estado sumergidos en  el agua. Se procede a la extracción y retirada  de parte de los ARTIFICIOS DE USO MARÍTIMO que se encontraba en el interior.

MATERIAL RETIRADO

  • 702 BENGALAS DE SEÑALIZACIÓN MARINA, de diversas marcas y modelos, caducadas. 
  • 69 BOTES DE HUMO DE SEÑALIZACIÓN MARINA, de diversas marcas y modelos, caducados

Estos EFECTOS son trasladados hasta  un lugar seguro, donde se procederá a su destrucción controlada.

El Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, en la Instrucción Técnica Complementaria número 12, regula el tratamiento de productos destinados a eliminación o inertización, reciclaje o reutilización, en el que se establece que el responsable de efectuar el tratamiento establecido en la mencionada ITC y más concretamente en el caso de un ARTICULO PIROTECNICO, CARTUCHERIA O MATERIA REGLAMENTADA CADUCADA, es el poseedor del producto en el momento de vencer la fecha de caducidad y para los artículos pirotécnicos UTILIZADOS EN LA MARINA Y CADUCADO, el responsable será el proveedor (fabricante, importador o distribuidor) del establecimiento de venta al público que haya recogido los productos caducados procedentes del consumidor final, como resultado de la venta de productos de reposición de los caducados.

CABE SEÑALAR QUE SI CON OCASIÓN DE SU ABANDONO O DEPÓSITO EN LUGAR NO REGLAMENTADO Y SIN CONTROL, SE PRODUJERA CUALQUIER ACCIDENTE, SE PODRÍA INCURRIR EN RESPONSABILIDAD PENAL.

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