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Nueve de cada diez familias valencianas solicitantes de adopción son valoradas como idóneas

  • La directora general de la Familia destaca la labor del Consejo de Adopción de la Comunitat Valenciana durante el primer semestre de 2009

  • De las 568 solicitudes estudiadas, el 94,1% han obtenido la idoneidad, y tan sólo el 5,9%, resultaron no idóneas

  • 353 son de la provincia de Valencia, 150 de Alicante y 65 de Castellón

Nueve de cada diez familias solicitantes de adopción valoradas por el Consejo de Adopción de Menores de la Comunitat Valenciana durante el primer semestre de 2009 han sido declaradas idóneas. Concretamente, el 94,1% de las 568 solicitudes estudiadas han obtenido la idoneidad y tan sólo 33, el 5,9%, han resultado no idóneas.

La directora general de Familia, Carolina Martínez, ha señalado que la obtención de la idoneidad es el primer paso que deben dar las familias que quieren adoptar un menor. La adquisición de este trámite administrativo se ha agilizado significativamente en los últimos años, y “siguen implantándose los medios que permitan seguir reduciendo la duración de los procedimientos”.

Sin embrago, ha subrayado Carolina Martínez, la duración total de los trámites de adopción, en el caso de la adopción internacional, desde que ésta se solicita, “depende del país de procedencia del niño, en función de los criterios y legislaciones establecidas”.

Según ha aclarado la responsable de Familia, la necesidad de valorar la idoneidad, proviene de las diferencias entre la paternidad biológica y la paternidad adoptiva, ya que ésta última, “entraña una dificultad añadida, al crear un vínculo con un niño que ha pasado por múltiples dificultades desde su nacimiento”.

A juicio de Carolina Martínez los padres adoptivos no pueden permitirse fallar “porque sus hijos adoptados ya han tenido unos padres que por diversas circunstancias ya les han fallado y le haríamos un flaco favor al hacerles pasar de vivir con las carencias de una institución, a sufrir los problemas de unos padres adoptivos que no puedan atender a sus necesidades emocionales”.

En cuanto a la necesidad de establecer criterios de idoneidad, la directora general de Familia, ha señalado que tanto los países de origen de los niños en situación de adoptabilidad, así como el Estado Español, “están obligados a verificar que las familias que solicitan una adopción, proporcionarán al niño las condiciones afectivas, emocionales y sociales que pueden considerarse básicas para su desarrollo personal”.

Consejo de Adopción
Carolina Martínez ha explicado que el Consejo de Adopción de la Comunitat Valenciana valora los expedientes de las familias de manera especial y su trabajo, “no se limita a comprobar simplemente si la familia desea a ese niño y si le proporcionará alimento y escolarización porque, obviamente, el deseo de ser padre adoptivo no implica necesariamente ser capaz de comprender y asumir las necesidades emocionales del niño”.

En este sentido ha destacado que las decisiones de dicho Consejo no son puramente administrativas, “son decisiones técnicas refrendadas por la sociedad civil valenciana representada por diversas instituciones y entidades que forman parte del Consejo”.

Así, ha puntualizado, la representación de la sociedad en el organismo se compone de personas cualificadas y con conocimientos sobre el área de familia, menor y adopciones, lo que permite que en la toma de decisiones se apliquen criterios cualificados y plurales que reflejen nuestra realidad social.

Criterios y valoraciones
Respecto a las valoraciones para determinar la idoneidad de los solicitantes de adopción, la directora general de Familia ha explicado que básicamente “hacen hincapié en el realismo del proyecto, es decir, que la familia sea consciente de las dificultades que supone una adopción, para que después no se vea desbordada o decepcionada por la realidad de la paternidad adoptiva”. También se valora la motivación de la familia para comprobar que la adopción no responde a cubrir carencias afectivas ni vacíos existenciales.

El objetivo de la administración es, precisamente, en opinión de Carolina Martínez, “minimizar el riesgo de fracaso de la familia adoptiva con el niño, determinando si las familias estarán preparadas para afrontar y superar el proceso de adaptación mutuo. Hay que evitar a toda costa la vuelta del niño a un centro de acogida, ya que las secuelas psicológicas para él podrían ser irreversibles”.

Por lo tanto, las valoraciones psicosociales que se realizan para determinar la idoneidad de los solicitantes de adopción, pretenden valorar a cada familia en función de su capacidad para enfrentar la problemática inherente a la paternidad adoptiva, como forma principal de prevención de fracasos.

comentario 1 comentario
AFAPROVI
AFAPROVI
31/08/2009 11:08
"... SOMOS PIONEROS..."

Afaprovi se despide de la Sra. Martinez no habiendo tenido el gusto de conocerla personalmente, pero como manifestación antes de dejar su cargo es una lástima que no exista en su contenido ninguna evolución. Este discurso causará perplejidad a las parejas que se han visto manipuladas, sin información adecuada, sin formación específica y valorada bajo el criterio de unos perfiles de riesgo, en los que no cabe una valoración objetiva. Como por ejemplo ser fértil y decidir la adopción como vía para ser padres. Lo que no se especifica es si en el tanto por cien que menciona se encuentran por ejemplo a los que "obligan" a paralizar, entre otras variedades. Esperamos que su sucesora no se quede en el mero discurso "..de somos pioneros.." y emprenda la tarea de renovar y enfocar desde otro punto de vista la formación, información y valoración de los solicitantes de adopción. Lo que es obvio es que con el actual sistema no se garantiza el bienestar del menor, con el que tanto se justifican.

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