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Los alcaldes y concejales tienen hasta el 24 de enero para publicar sus bienes

  • Mañana entra en vigor el decreto por el que se regulan las declaraciones de bienes de las corporaciones locales

  • El nuevo reglamento desarrolla la Ley de Régimen Local de la Comunitat Valenciana

  • Mañana comienza el plazo de dos meses para que los 5.602 cargos locales difundan su situación patrimonial en los BOP de las respectivas provincias

Mañana empieza el plazo de dos meses para que los 5.602 miembros de las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana publiquen la relación de bienes y actividades en los respectivos Boletines Oficiales de la Provincia. El DOCV publica hoy el Decreto del Consell por el que se regulan las declaraciones de actividades y de bienes de los miembros de las corporaciones locales que entrará en vigor mañana miércoles.

El viernes pasado los miembros del Ejecutivo valenciano dieron el visto bueno a este decreto que ahonda en el fomento de la transparencia de las administraciones públicas valencianas y que viene a desarrollar la Ley de Régimen Local de la Comunitat Valenciana, una normativa que entró en vigor a mediados del pasado mes de julio.

El conseller de Solidaridad y Ciudadanía, Rafael Blasco, promotor de esta nueva ley que permite rediseñar la arquitectura municipal de la Comunitat Valenciana y adaptarla a las actuales exigencias, ha explicado que este decreto viene a completar el conjunto de normas que se han aprobado en el último año y que obligan a los cargos públicos de la administración autonómica y local a difundir su situación económica.

El 23 de febrero de este año, el Boletín Oficial de las Cortes Valencianas (BOCV) publicaba las declaraciones de bienes de los 99 diputados del parlamento valenciano. Dos meses después, el 23 de abril, fueron los responsables del Gobierno valenciano y el DOCV difundió la situación patrimonial de 186 cargos públicos del Consell.

Medidas encaminadas, según palabras del conseller Blasco, a fomentar la transparencia en la vida pública que no tienen precedentes en el parlamentarismo español y que Blasco califica de “históricas, puesto que los ciudadanos pueden conocer el patrimonio de sus responsables públicos como popularmente se dice a ‘golpe de clic’, a través de las publicaciones oficiales que se pueden consultar en Internet”.

La toma de posesión, el cese o el fin del mandato, son las tres circunstancias en las que alcaldes y concejales electos deberán dar a conocer su patrimonio. Entre las exigencias mínimas que establece el decreto se encuentran los ingresos netos percibidos en el ejercicio anterior a la declaración, el patrimonio inmobiliario así como vehículos, joyas y obras de arte, además de una relación del pasivo.

Los 5.602 concejales y alcaldes actuales también deberán hacer pública su situación patrimonial antes de que acabe la legislatura, con ocasión del fin del mandato, durante los 30 días siguientes naturales.

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