elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

La Presidenta de la FVMP se reúne con los responsables de las Direcciones Generales de Tráfico de las tres provincias

  • “Los ayuntamientos y sus alcaldes son siempre partidarios de los preceptos que supongan mejoras en la vida cotidiana de los ciudadanos”

Desde que el 1 de julio de 2006 entrara en vigor la Ley 17/2005 por la que se introdujo en nuestro ordenamiento jurídico el sistema de permiso y la licencia de conducción por puntos, se inició el procedimiento para que las sanciones impuestas por comisión de infracciones graves y muy graves incluidas en el Anexo II de la Ley, y que lleven aparejada la detracción de puntos.

El sistema condiciona en parte la efectividad de la ley, al hecho que todos los Ayuntamientos cumplan sus previsiones ya que dentro de casco urbano la potestad sancionadora reside en el Alcalde o Concejal delegado, manifiesta la primera representante de los alcaldes valencianos y a tal efecto, la Dirección General de Tráfico editó un Manual y puso a disposición de los Ayuntamientos las conexiones a los equipos informáticos necesarios para que el sistema funcionara, previa obtención de un Certificado de firma electrónica.

“La Federación Valenciana de Municipios y Provincias organiza Jornadas Informativas sobre el procedimiento, y atiende todas las dudas que se le plantean desde los ayuntamientos asociados” continúa Bastidas, “son muchos los Ayuntamientos que ya desde ese mismo año 2006, comunican a la DGT las sanciones que conllevan detracción de puntos, bien porque ellos mismos tramitan los expedientes sancionadores y transmiten los datos, bien porque lo hace un organismo superior, como puede ser la Diputación, posibilidad a la que se han acogido algunos municipios”

“Pero también existe el caso contrario”, explica la presidenta “Otros que, tratándose incluso de grandes núcleos urbanos, no lo hacen y a tal efecto la Fiscalía de Seguridad Vial ha solicitado a cada una de las Jefaturas la relación de Municipios que se encuentran en este supuesto para iniciar Diligencias de Prevaricación por Omisión”.

“Ante la gravedad de estos hechos, y siempre velando por contribuir con el buen funcionamiento de los ayuntamientos en todas sus competencias, como prevén sus fines, esta misma semana me he reunido con las tres Jefaturas de Tráfico de las provincias de la Comunitat Valenciana al objeto de informar nuevamente a los Ayuntamientos sobre este imperativo legal y recordar que desde las Oficinas de Tráfico se les presta la asistencia necesaria, con el fin de que cada uno de los Ayuntamientos que se encuentre en el supuesto de incumplimiento se ponga en contacto con la Jefatura de Tráfico de su provincia, con quien contactaran a través del Operador de Apoyo Técnico, que le facilitará esta tarea. Comprometiéndonos nuevamente como Federación a la organización de Jornadas Informativas sobre la Reforma del Procedimiento Sancionador y otros asuntos de interés”, concluye Bastidas.

Subir