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El Consell aprueba el Proyecto de Ley para la Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana

  • Se elevan a rango de ley medidas de carácter social, tales como el 7% de reserva de plazas para personal discapacitado y la protección de las víctimas de violencia de género

  • Afectará a 17.000 funcionarios y a cinco millones de ciudadanos que son usuarios de la Administración autonómica

El Consell ha aprobado el Proyecto de Ley de la Generalitat para la Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, para su posterior remisión a Les Corts.

La entrada en vigor de esta ley afectará directamente a los 17.000 empleados públicos de la Administración del Consell y a cinco millones de ciudadanos que son usuarios de la Administración autonómica.

Además, beneficiará también a unos 190.000 empleados públicos de toda la Comunitat, hecho que contribuirá a reforzar la igualdad de trato de la ciudadanía en toda la Comunitat Valenciana independientemente de la administración pública a la que se dirija ésta.

Objetivos fundamentales de la ley

El conjunto de medidas que se plantean con esta norma están orientadas a la consecución de una mayor profesionalización del empleo público, que redunde en beneficio de la ciudadanía, para lo cual se hace imprescindible que la Administración sea capaz de capitalizar la experiencia acumulada por su personal en el adecuado

desempeño de los puestos de trabajo, así como la inversión formativa en el perfeccionamiento y actualización constante de sus conocimientos.

Todo ello pasa por el diseño de un modelo de promoción que valore la conducta y actuación profesional y de un sistema de formación acorde con estos planteamientos.

De otra parte, el segundo objetivo consiste en profundizar en la mejora de las condiciones personales y profesionales del personal empleado público, haciendo compatible su dedicación profesional con su vida personal y familiar, lo que genera un vínculo bidireccional y refuerza el compromiso y la implicación de las y los profesionales con una organización sensible a sus necesidades.

Hacia una función pública más social

Junto a esta nueva realidad administrativa, se elevan a rango de ley medidas de carácter social, tales como reserva para personal discapacitado de un 7% de las plazas vacantes (antes 5%), la protección de las víctimas de violencia de género, elaboración de planes de igualdad entre hombres y mujeres.

Además, se establecen medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, tales como la ampliación de dos a tres años del período de reserva de puesto en la excedencia por cuidado de familiares, o, el estudio para la implantación del teletrabajo.

En este sentido, cabe destacar la necesidad de hacer efectivo el derecho de la mujer a su protección o a la asistencia social integral mediante la regulación del traslado por violencia de género.

También se incrementa el período de tiempo durante el que las funcionarias en excedencia por ser víctimas de violencia de género pueden tener derecho a la reserva de puesto de trabajo, ampliando los 18 meses establecidos en el Estatuto Básico del Empleado Público a tres años.

 

La ley establece las situaciones administrativas en que el personal funcionario de carrera puede hallarse, con algunas especificaciones e innovaciones con respecto al régimen previsto con carácter general en la legislación básica estatal, como la ampliación de dos a tres años del período de reserva de puesto en la excedencia por cuidado de familiares.

Al mismo tiempo, se incorpora un catálogo o código ético para la totalidad del sector público valenciano, que incluye un conjunto de deberes y reglas que deben observarse en la prestación del servicio público, y que tendrán además la finalidad de informar la interpretación y aplicación del régimen disciplinario.

Además, se regula la formación adaptada al nuevo modelo de función pública, como derecho del personal al perfeccionamiento y un deber que tiene la obligación de contribuir a mejorar la calidad de los servicios públicos.

Nuevo sistema retributivo e itinerarios profesionales

Una novedad en el nuevo sistema retributivo para los funcionarios públicos es la introducción de una retribución complementaria vinculada a la carrera profesional horizontal. Se crea en sustitución de los clásicos complementos de destino y específico, el complemento de puesto de trabajo, con dos componentes, el competencial y el componente de desempeño y se introduce el complemento de actividad profesional.
Otra novedad es la evaluación del desempeño de los empleados públicos, como procedimiento para medir y valorar la conducta profesional, el rendimiento o el logro de resultados.

De igual modo, la ley introduce el concepto de los itinerarios profesionales que permiten relacionar los diferentes cuerpos, escalas o agrupaciones profesionales funcionariales por el carácter homogéneo de las competencias, capacidades, conocimientos y formación necesaria para el desempeño de sus funciones propias.

 

Modelo de la estructuración del empleo público

La ley regula el modelo de la estructuración del empleo público, la ordenación de los puestos de trabajo, los instrumentos de planificación y ordenación de los recursos humanos, a través de los Planes de Ordenación y de la Oferta de Empleo Público, y del Registro de personal y de puestos de trabajo.

La entrada en vigor de la clasificación, según los nuevos grupos y subgrupos profesionales, está condicionada a la implantación de las nuevas titulaciones universitarias como consecuencia del Espacio Europeo de Educación Superior.

Se considera relevante la introducción de la definición y concepto de puesto de trabajo, así como la sistematización y clarificación de los criterios en materia de clasificación.

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