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Agricultura subvenciona las pólizas de la producción ecológica al ser reconocida como figura de calidad

  • La Conselleria modifica las bases para la concesión de las ayudas de los seguros agrarios

  • El Comité de Agricultura Ecológica de la Comunitat Valenciana se equipara a la Denominación de Origen y a la Indicación Geográfica Protegida

  • La conselleria de Agricultura mantiene el incremento de un 10% en la ayuda a la contratación de seguros fijado en 2009

La Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación ha modificado las bases para la concesión de ayudas a la suscripción de los seguros agrarios, que va a permitir que la producción ecológica reciba una subvención de hasta un 70% para las pólizas al ser reconocida como figura de calidad.

El Comité de Agricultura Ecológica se incorpora junto al resto de consejos reguladores y de esta forma, equiparán sus parcelas a las del resto de las figuras de calidad a la hora de recibir subvenciones.

La Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) establecía, hasta ahora, precios diferenciados para las producciones ecológicas, frente a los que no lo son, por lo que se ha introducido en las normas de contratación los correspondientes códigos, con el fin de que desaparezca el factor limitativo que impedía la aplicación de la subvención adicional para este tipo de producto.

En las actuales bases para la concesión de las ayudas a la suscripción de seguros queda recogida una subvención adicional del 10% para las parcelas inscritas en las Denominaciones de Origen, las Indicaciones Geográficas Protegidas y ahora también el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunitat Valenciana.

La Conselleria incrementó en un 10% la ayuda para la contratación de seguros durante el año 2009, aumento que mantiene en este ejercicio para compensar la bajada en la contribución que realiza el Gobierno central. De este modo, las subvenciones pueden llegar hasta el 60% de la póliza, pudiendo ser hasta del 70%, en caso de los seguros que afectan a figuras de calidad.

Este incremento es el máximo permitido por la legislación, determinado en función de la aportación que realiza la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).

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