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Medio Ambiente regula la recogida de setas en el Parc Natural de la Serra de Mariola

  • La conselleria difunde un folleto explicativo con la normativa de recolección

  • El objetivo es que se desarrollen prácticas de búsqueda y recogida adecuadas

La Conselleria de Medio Ambiente regula la recolección de setas en el Parc Natural de la Serra de Mariola, coincidiendo con el inicio de la temporada de recogida.

Entre otros aspectos de interés, la Conselleria de Medio Ambiente establece que la cantidad máxima que podrá recogerse es de 4 kilogramos por persona y día, según se señala en el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del parque natural.

Asimismo, la normativa del parque establece que está permitida la recolección de setas en terrenos privados siempre y cuando el propietario no exprese su negativa. Por el contrario, en los montes de utilidad pública está actividad puede desarrollarse en todos los casos.

El objetivo de la normativa específica para la recolección de hongos es que puedan llevarse a cabo prácticas de búsqueda y recogida adecuadas, es decir, que no produzcan impactos negativos en el ecosistema.

La Conselleria de Medio Ambiente ha editado en colaboración con el Ayuntamiento de Alcoi el folleto “Todo lo que necesitas saber sobre la recolección de setas en el Parc Natural de la Serra de Mariola”, que recoge la normativa de aplicación para la recogida de hongos en este espacio protegido.

El folleto informativo está disponible en el Centro de Interpretación del parque natural, y forma parte de la campaña informativa impulsada por Medio Ambiente para garantizar el cumplimiento de la normativa reguladora de la recogida de setas.

Prohibición de remover el suelo

Otro de los aspectos regulados por la normativa es la prohibición de remover el suelo, si con ello se altera la capa vegetal de la superficie, sea de manera manual, o sea utilizando cualquier tipo de herramienta.

Asimismo, únicamente pueden recogerse setas que hayan llegado a su tamaño normal de madurez, de manera que se dejen en el lugar los ejemplares rotos, alterados o que no sean motivo de recolección.

También está prohibido el arranque de ejemplares, salvo cuando existan dudas para su identificación, y, con el fin de favorecer la dispersión de las esporas, el transporte de los ejemplares recolectados ha de realizarse en cestas de mimbre, paja o caña.

La normativa reguladora de la recolección de setas señala, además, que en lo posible ha de evitarse transitar fuera de caminos y sendas ya trazados durante la recolección. El uso de vehículo privado tendrá que moderarse y, de ser posible, se realizará el acceso a pie. En caso de desplazarse en vehículo hasta las proximidades de la zona de recolección, debe conducirse siempre por el interior de caminos y pistas forestales a una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora.

 

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