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Educación concede ayudas por importe de 100.000 euros a la edición de libros de texto en valenciano

  • Se otorgan por primera vez subvenciones a la edición de libros de texto en valenciano

  • Las beneficiarias son empresas del sector editorial radicadas en la Comunitat Valenciana

La Conselleria de Educación ha resuelto conceder ayudas económicas por un importe global que asciende a 100.000 euros para la edición de libros de texto en valenciano de las diferentes materias del currículo de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.

La Generalitat considera que la incardinación en el sistema educativo del aprendizaje del valenciano y de los contenidos curriculares en valenciano de las materias de las diferentes etapas educativas de la enseñanza no universitaria conlleva una participación muy activa de todos los sectores implicados, entre los que están las empresas editoras de libros de texto.

Por ello, desde la convicción de que hay que ir sumando esfuerzos para avanzar en el proceso de normalización lingüística, ha creado esta línea de ayudas para apoyar económicamente a las empresas editoras de libros de texto en valenciano destinados a la enseñanza no universitaria.

Han podido optar a estas ayudas, que se conceden por primera vez, las empresas del sector editorial, ya sean personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que tienen sede social en la Comunitat Valenciana y que editan libros de texto en valenciano destinados a la enseñanza no universitaria. Además, las editoriales que han optado a estas ayudas debían tener una actividad ininterrumpida mínima de dos años.

Se consideran costes subvencionables los correspondientes a los derechos de autor, traducción, ilustración y diseño y a los gastos de impresión. Además, se refieren a los libros de texto con depósito legal de las anualidades de 2007 y 2008.

Requisitos

Por otro lado, los libros objeto de subvención deben comercializarse en librerías, tener una tirada mínima de 500 ejemplares, ser primeras ediciones en el catálogo de la editorial solicitante y poseer un mínimo de cincuenta páginas por ejemplar.

No son subvencionables los manuales universitarios y los libros de carácter profesional, los libros de editoriales privadas que estén realizados en coedición con alguna institución u organismo público y los publicados por asociaciones, fundaciones y otras instituciones públicas o privadas sin finalidad lucrativa, los editados por sus autores y los no vendibles, las enciclopedias y diccionarios, los álbumes, los recortables, los libros de pintar y los cuadernos de caligrafía y de ejercicios.

 

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