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Gobernación ultima el Decreto de Emergencias que priorizará a las víctimas de una emergencia para recibir ayudas de la Generalitat

  • La normativa autonómica contempla también beneficios fiscales, becas y ayudas al estudio y concesión de prestamos que no se recogen el decreto del Estado

El conseller de Gobernación, Serafín Castellano, ha afirmado que su departamento ultima el Decreto de ayudas, actuaciones y medidas necesarias para paliar los daños producidos por una situación de emergencia, catástrofe o calamidad que incluye aspectos novedoso y ámbitos de ayudas mucho mas amplios que la normativa nacional.

En este sentido Castellano ha explicado que una de las novedades que se recogerán en el Decreto es que serán considerados colectivos de atención preferente para la recepción de cualquier convocatoria de ayuda o subvención de la Generalitat aquellas personas que hayan sufrido daños como consecuencia de una emergencia o catástrofe que se haya producido en la Comunitat.

El objetivo del Consell- ha continuado Castellano- es dar un paso más para garantizar una la atención rápida y eficaz de los ciudadanos ante una emergencia y que la vuelta a la normalidad sea lo más rápida y traumática posible".

El conseller de Gobernación ha explicado que "este Decreto, que será de aplicación inmediata cuando la Generalitat declare una situación de emergencia como la provocada la semana pasada en varios municipios de la provincia de Castellón por las fuertes lluvias caídas”.

Así Castellano ha destacado que en la normativa se prevén ámbitos de ayudas que no contempla la legislación estatal pero que desde el Consell hemos considerado importante incluir como son los beneficios fiscales, las becas y ayudas al estudio o la concesión de prestamos.

Todos estos ámbitos para el conseller de Gobernación “son importantes también para paliar en la medida de los posible las consecuencias de una emergencia y de aquellos que la han padecido y que desde el Consell no queremos que ningún ciudadanos que haya sufrido una catástrofe quede desatendido ni antes, durante ni mucho menos después”.

"Tan importante es la gestión de la emergencia cuando ésta se esta produciendo, como la atención de los afectados cuando todo ha pasado y los ciudadanos tienen que enfrentarse a la realidad de haber perdido sus bienes”.

Al respecto, Castellano ha explicado que además de los ámbitos ya mencionados, la normativa contempla ayudas a las corporaciones sociales para sufragar actuaciones que realizan los ayuntamientos para cubrir servicios básicos; otro ámbito de ayudas son de carácter social y contemplan ayudas por daños personales o materiales e incluso el realojo de aquellas personas que hayan sufrido la destrucción total de su vivienda o que puedan necesitar bienes de primera necesidad.

También se prevén ayudas para las pequeñas y medianas empresas, las comunidades de regantes y las sociedades cooperativas encaminadas a sustituir o reparar daños en edificios, infraestructuras o instalaciones.

En definitiva, siete ámbitos de ayudas que pretenden “regular las actuaciones y medidas dirigidas a paliar los daños de los afectados por una situación de calamidad pública en el menor tiempo posible, donde la improvisación no tenga un lugar y donde la vuelta a la normalidad sea lo más pronta posible”.

Por ello, el Decreto contempla un Plan de Recuperación que recogerá las actuaciones a realizar por cada departamento del Consell, así como la planificación y cronograma de las mismas para volver a la normalidad tras una situación de emergencia y una oficina única post emergencias para la gestión y seguimiento de las ayudas.

Por ultimo, Castellano ha destacado que "el objetivo de esta y todas las políticas que en materia de emergencias y seguridad estamos llevando a cabo es que los ciudadanos cuenten con una respuesta eficaz y rápida ante situaciones de emergencia como las que vivimos hace unos días en la provincia de Castellón o durante octubre de 2007 con las inundaciones que se registraron en las comarcas de la Marina Alta y Marina Baixa”, ha indicado Serafín Castellano.

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