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Les Corts instan al Gobierno a que modifique el artículo 56 del Código Civil

    La Comisión de Política Social y Empleo de Les Corts Valencianes ha aprobado hoy con la única abstención del PP una proposición no de ley del grupo parlamentario Podemos-Podem en la que se insta al Gobierno Central a que de manera urgente y antes del 30 de junio de este año, modifique el artículo 56 del Código Civil con el objeto de que se eliminen las restricciones para contraer matrimonio que el referido precepto prevé para personas con discapacidad sensorial y física.

    La iniciativa de Podemos solicita que se valore una nueva redacción que respete los derechos fundamentales de las personas con discapacidad y que garantice la presencia de intérpretes de lengua de signos, así como la utilización durante todo el procedimiento de documentos en formato accesible y lectura fácil. Se ha incorporado una enmienda de Ciudadanos en la que se reclama que se modifique en los mismos términos el artículo 58.5 de la ley 2/2011 de 21 de julio del Registro Civil.

    La diputada de Podemos, Fabiola Meco, ha explicado durante su intervención que esta situación es producto de la incompetencia del PP a la hora de legislar, a pesar de que suele presumir de que “sabe legislar, gestionar y gobernar”.

    En este sentido, ha explicado que la iniciativa de Podemos insta al Gobierno de España a que antes del 30 de junio de 2017 presente un proyecto de ley de modificación del artículo 56 del Código Civil para eliminar las restricciones a personas con diversidad sensorial y física.

    Meco ha advertido que esta PNL versa sobre “respetar los derechos fundamentales de las personas con diversidad; se trata de que el derecho contenido en normas sea cauce de solución de conflictos, esté ajustado a la realidad social a  la que va a ser aplicado y favorezca que la presencia de los/las intérpretes y la utilización de documentos en formato accesible y de lectura fácil”. Asimismo, se solicita que se garantice la accesibilidad a todas las personas a los espacios donde se pueda contraer matrimonio.

    La parlamentaria ha criticado “la discriminación legal de una norma contraria al principio de igualdad de la Constitución española, la de Jurisdicción Voluntaria”, que limitó sin justificación el derecho a contraer matrimonio de personas con diversidad funcional sensorial, de personas ciegas y sordas y que fue aprobada en junio de 2015 “con una mayoría  de rodillo”.

    Meco ha asegurado que la reforma del artículo 56 del Código Civil a través de la Ley de Jurisdicción Voluntaria fue “un sinsentido”. Según ha explicado la diputada, la situación era “de tal gravedad y tan de cajón, que la Dirección General de los Registros y del Notariado el 23 de diciembre de 2016 tuvo que emitir una circular con la finalidad de clarificar la interpretación aplicación del artículo afectado”.

    Esta circular, ha explicado la diputada, “hizo una interpretación restrictiva de la necesidad de dictamen médico”. Así, establecía que fuera requerida sólo en aquellos casos en que la discapacidad fuera impeditiva y sustancial para la prestación del consentimiento, lo cual provocaba una disyuntiva para el funcionario público, “al que se dejaba sólo ante el peligro, ¿a qué obedecer, a la norma o a la circular?”, se ha preguntado.

    Meco ha advertido que “este desaguisado jurídico, hizo que hace unos días el gobierno del PP presentara una modificación legislativa de la Ley de jurisdicción voluntaria con el fin de que la norma dijera lo que pedía la circular, esto es, que el informe médico requerido a personas sordas y ciegas para casarse fuera restringido a casos muy excepcionales”. “Si esto es saber legislar, que venga Dios y lo vea”, ha destacado.

    En cualquier caso, ha recordado que aún quedan otras discriminaciones en el Código Civil que también hay que abordar, como las trabas a personas con diversidad sensorial o las establecidas para otorgar testamento o escrituras públicas, -- que requieren de presencia de testigos que les resta privacidad e intimidad en el trámite—o el otorgamiento de reconocimiento constitucional a la lengua de signos o el derecho a voto de las personas con discapacidad psíquica, ha concluido.

     

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