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Gobernación impone 942 sanciones a establecimientos públicos de la Comunitat en los ocho primeros meses de 2009

  • Un total de 396 establecimientos fueron sancionados por incumplir el horario de apertura y cierre

La conselleria de Gobernación ha impuesto 942 sanciones a establecimientos públicos de la Comunitat Valenciana, entre el 1 de enero y el 31 de agosto de este año, tal y como ha asegurado el secretario autonómico de Gobernación, Luis Ibáñez.

Ibáñez ha especificado que en aplicación de la Ley 4/2003 de Espectáculos y Establecimientos Públicos, de la Generalitat Valenciana, del total de sanciones registradas en lo que va de año, 86 son muy graves, y 856 han sido catalogadas como graves.

Luis Ibáñez ha insistido en que para la Generalitat “es prioritario velar por la seguridad y el bienestar de los usuarios de los establecimientos públicos y con la aplicación rigurosa de esta ley lo que se persigue es que todos los establecimientos cumplan con la normativa porque en ningún momento se debe poner en riesgo a los ciudadanos y se debe buscar el equilibrio entre el derecho al ocio y también al descanso”.

Las sanciones más abundantes están tipificadas como graves, en concreto, la infracción más numerosa ha sido la de incumplir el horario de apertura y cierre, con 396 sanciones; 120 por carecer de seguro; seguida por la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas sin la correspondiente licencia o autorización, un caso que se repite en 119; Asimismo, 65 establecimientos han sido sancionados este año por el incumplimiento de la condiciones de seguridad y sanidad que determina la ley, 64 por la utilización de medios sonoros o audiovisuales sin contar con la preceptiva autorización y 23 locales por dedicar su establecimiento a otras actividades distintas para las que estuviesen autorizados.

Además, otros 18 locales han sido sancionados por realizar, sin autorización, modificaciones sustanciales en los establecimientos o instalaciones que suponen una alteración de las condiciones de la concesión de la licencia, mientras que en 15 ocasiones se han expedido sanciones por vender alcohol a menores de 18 años, 13 por la admisión o participación de menores en establecimientos donde tengan prohibida su entrada y 12 por el incumplimiento de las condiciones que garanticen la accesibilidad de las personas con discapacidad a los locales, ha destacado Luis Ibáñez.

Respecto a las sanciones catalogadas como muy graves, el secretario autonómico de Gobernación, ha concretado que “en su mayoría se deben a la falta de cumplimiento de las resoluciones de prohibición de espectáculos o actividades recreativas”.

Sanciones por provincias
Por provincias, a la provincia de Alicante corresponden 535 sanciones, de las que 496 son graves y 39 muy graves. En esta provincia, el incumplimiento del horario de apertura y cierre, con 310 infracciones, así como el carecer de la licencia correspondiente con 47 casos, carecer de seguro -42 locales sancionados por este motivo- e incumplir las condiciones de seguridad y sanidad -23 sanciones-, son las causas más tramitadas.

Por lo que se refiere a las sanciones muy graves, 10 fueron sancionados por el incumplimiento de las medidas de evacuación, que disminuyen gravemente el grado de seguridad exigible para las personas y bienes, 9 por el incumplimiento de las resoluciones de prohibición de espectáculos o actividades recreativas y 7 por obstaculizar la labor de los agentes de la autoridad.

En cuanto a la provincia de Castellón, la dirección general de Seguridad y Protección Ciudadana ha sancionado en 147 ocasiones; 8 muy graves y 139 tipificadas como graves. En el caso de los establecimientos públicos de la provincia castellonense, la infracción más repetida es la del incumplimiento del horario de apertura y cierre -47 establecimientos-, seguida por carecer de seguros exigidos por la ley -31- , 30 por carecer de licencia y 16 por incumplir las condiciones de seguridad y sanidad.

En el caso de la provincia de Valencia se han cometido hasta 260 infracciones entre el 1 de enero y el 31 de agosto de este año. En este caso, 39 fueron muy graves y 221 graves. Entre las graves, un total de 47 se originaron por carecer del seguro correspondiente, 42 por no contar con la licencia exigida, 39 por no ceñirse al horario estipulado por la ley, 31 por la utilización de medios sonoros o audiovisuales sin contar con la preceptiva autorización y 26 por incumplir las condiciones de seguridad y sanidad.

Cuantía de las sanciones
La Ley de Espectáculos establece que las infracciones pueden ser sancionadas con una multa de hasta 600 euros si son leves; las graves podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 601 a 30.000 euros y acumulativamente hasta 300.000 euros, con suspensión o prohibición de la actividad por un período máximo de seis meses, la clausura del local por un período máximo de seis meses o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un período máximo de seis meses.

En cuanto a las faltas muy graves, éstas podrán ser sancionadas alternativa o acumulativamente con multa de 30.001 a 60.000 euros y acumulativamente hasta 600.000 euros, clausura del local o establecimiento por un período máximo de tres años y acumulativamente hasta 10 años, la suspensión o prohibición de la actividad hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años o con la inhabilitación para la organización o promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas, hasta tres años y acumulativamente hasta 10 años.

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