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El Consell destina 18 millones de euros para ayudas a la vivienda

El Consell destina 18 millones de euros para ayudas a la vivienda
  • Van dirigidas a la rehabilitación edificios, alquiler, redacción del Informe de Evaluación y al fomento de ciudades sostenibles y competitivas

El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, DOCV, ha publicado las ayudas en materia de viviendas que van dirigidas a la conservación de edificios, alquiler, fomento de ciudades sostenibles y competitivas y para la redacción del informe de evaluación del edificio.

La financiación de estas ayudas, que tienen un importe total de 18,5 millones euros para el ejercicio 2015, se hará con fondos aportados por el Ministerio de Fomento a la Generalitat, según prevé el convenio suscrito el pasado 14 de octubre entre el Ministerio de Fomento y el Consell para el desarrollo en la Comunitat Valenciana del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016.

Ayudas a la rehabilitación

Las ayudas a rehabilitación de vivienda tiene un presupuesto global de 11.786.751 euros y van dirigidas a la conservación de edificios, la mejora de la eficiencia energética y actuaciones en materia de accesibilidad universal. Los edificios que se acojan a estas ayudas deberán ser de tipología residencial colectiva, estar finalizados antes de 1981 y que al menos el 70% de su superficie construida tenga uso residencial de vivienda, así como, la misma proporción de las viviendas constituya el domicilio habitual de sus propietarios o usuarios.

Excepcionalmente, se admitirán edificios que, sin cumplir las condiciones anteriores, presenten graves daños estructurales o de otro tipo, que justifiquen su inclusión en el Programa. En particular, los edificios unifamiliares finalizados antes de 1981, destinados a residencia habitual y permanente. Igualmente se podrán incluir los que tengan íntegramente como destino el alquiler, durante al menos diez años a contar desde la recepción de la ayuda.

La cuantía de las ayudas será del 35% del coste subvencionable de la actuación correspondiente al edificio o edificios aunque la subvención no podrá ser superior a 23.000 euros por vivienda o por fracción de 100 metros cuadrados útiles de local, con un máximo de 230 euros por cada metro cuadrado útil.

La cuantía de las subvenciones por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 8.050 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local y se atenderá a una serie de condiciones. Así, se calculará multiplicando por el número de viviendas y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de locales del edificio, las ayudas unitarias establecidas.

Estas ayudas serán de 2.000 euros para las actuaciones de conservación. En este caso, si además se acometen actuaciones para la mejora de la calidad y sostenibilidad que resulten subvencionables, la ayuda se incrementará en 1.000 euros, y en otros 1.000 euros más, si también se realizan obras de accesibilidad. Se establecen 2.000 euros para las actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad, o de 5.000 euros, como máximo, si se redujera al menos en un 50 por 100 la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio. Y 4.000 euros para las actuaciones de mejora de la accesibilidad.

Estas cuantías se incrementarán en un 10% cuando se trate de edificios declarados Bienes de Interés Cultural, edificios Catalogados o edificios que cuenten con protección integral en el instrumento de ordenación urbanística correspondiente.

El plazo para presentar las solicitudes será de dos meses desde su publicación en el DOCV y las obras deberán ejecutarse en un máximo de 16 meses. Podrán ser beneficiarias las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios, o los propietarias únicas de edificios de viviendas así como las Administraciones Públicas y los organismos y propietarias de inmuebles que tengan íntegramente como destino el alquiler.

Para la adjudicación de estas ayudas se tendrá en cuenta el nivel de ingresos de la unidad de convivencia, así como los daños en el edificio y se dará prioridad a las actuaciones encaminadas a conseguir mayor accesibilidad y a los edificios ocupados por personas mayores de 65 años.

Ayudas para el alquiler de viviendas

El Programa de Ayudas al Alquiler de Vivienda para el periodo 2015-16 tiene como objetivo facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler a personas que mayor apoyo público precisan, es decir, aquellas con menores recursos económicos. El importe global de las ayudas al alquiler asciende a 5.333.333 euros.

Para beneficiarse estas ayudas al alquiler, las personas deberán ser titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda o estar en condiciones de suscribirlo; que la vivienda alquilada sea su residencia habitual y que los ingresos de las personas que en ella viven sean inferiores al límite máximo de ingresos establecidos en las bases. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta orden.

El importe de la ayuda podrá alcanzar hasta el 40% de la renta anual por el alquiler de la vivienda habitual. Las ayudas se abonarán periódicamente, previa justificación del pago del alquiler y se concederán por un plazo de doce meses o hasta la finalización del contrato de arrendamiento. En cualquier caso, la fecha límite para percibir esta ayuda será el 31 de diciembre de 2016.

El criterio de adjudicación de las ayudas responderá al nivel de ingresos y la existencia de alguna circunstancia personal especial de los solicitantes. La Generalitat, dentro de su estrategia de fomentar medidas que faciliten el acceso a una vivienda, lleva más de veinte años promoviendo ayudas dirigidas a familias que, dada su situación, pueden tener problemas para tener una vivienda digna.

Ciudades sostenibles y competitivas

Las ayudas para ciudades sostenibles y competitivas se dirigen fundamentalmente a impulsar actuaciones innovadoras en materia de regeneración y renovación urbana. Tiene un presupuesto total de un millón de euros.

Estas ayudas van destinadas a mejorar los barrios, especialmente los comprendidos entre 1940 y 1980, en aspectos como eficiencia energética y mejora de la accesibilidad, recualificación del espacio público, dotación de nuevos equipamientos e impulso de la cohesión social y actividad económica. También están pensadas para actuaciones de regeneración en centros históricos urbanos y cascos rurales, así como para la renovación de áreas funcionalmente obsoletas.

Asimismo, se pueden solicitar para actuaciones predominantemente de regeneración urbana de los llamados ecobarrios, áreas residenciales en las que destaque el impulso de la sostenibilidad ambiental en los edificios y en los espacios públicos.

Por último, incluyen actuaciones de regeneración, esponjamiento y renovación urbanas en zonas turísticas con síntomas de obsolescencia o degradación, sobrecarga urbanística y ambiental o sobreexplotación de recursos y que planteen una mejora y reconversión hacia un modelo turístico más sostenible, competitivo y de mayor calidad.

La actuación deberá ejecutarse en un plazo máximo de tres años y estar finalizadas antes del 31 de diciembre de 2017. Además deberán tener un carácter innovador desde el punto de vista de las soluciones aplicadas a la edificación, incluida la social, medioambiental, energética, etc....

El coste de las ayudas será el 40% de la actuación con un máximo de 11.000 euros por vivienda rehabilitadas y 30.000 euros por viviendas nueva construida en sustitución de otra previamente demolida. Para las actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano (obras de reurbanización o urbanización del ámbito), hasta 2.000 euros por cada vivienda que haya sido objeto de rehabilitación.

Los beneficiarios pueden ser las administraciones públicas, las comunidades de propietarios y los entes gestores. El plazo para la presentación de las solicitudes será de tres meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el DOCV.

Informe de Evaluación de Edificios

Las ayudas para la redacción del Informe de Evaluación de Edificios asciende a 300.000 euros. Este informe es preceptivo para todas las actividades que soliciten ayudas a la rehabilitación, así como para los edificios de más de 50 años. En este informe se analiza la seguridad y el estado de conservación del edificio, así como la accesibilidad y la eficiencia energética y sirve de guía para las acciones que se efectúe de rehabilitación.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de cuatro meses a desde el día siguiente a la publicación en el DOCV. Podrán ser beneficiarios las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios o propietarias únicos de edificios de carácter predominantemente residencial, que presenten con anterioridad al 31 de octubre de 2016 el Informe de Evaluación del edificio.

Las ayudas consistirán en una subvención máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y de 20 euros por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros por el edificio, ni el 50 por 100 del coste del Informe.

Las solicitudes para las cuatro modalidades de ayudas se presentarán en los servicios territoriales de Vivienda y Proyectos Urbanos de Alicante (avenida Aguilera, 1), Castellón (avenida del Mar, 16) y Valencia (calle Gregorio Gea, 27).

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