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Mª Jesús Rodríguez: “La Generalitat ha regulado un nuevo Certificado Final de Obra más amplio y actualizado”

  • El documento será exigible a todo tipo de edificios y para toda obra de edificación de nueva planta, de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación

  • El certificado se ajusta a lo dispuesto en la Ley de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación de la Generalitat

La directora general de Vivienda y Proyectos Urbanos, Mª Jesús Rodríguez, ha asegurado hoy que “la Generalitat, a través de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, ha regulado un nuevo Certificado Final de Obra más amplio y actualizado que el que se estaba utilizando hasta ahora, con el objetivo de lograr una mejor aplicación de la normativa autonómica en materia de calidad en la edificación y dotar de una mayor seguridad jurídica a los agentes implicados”.

“Este nuevo certificado final de obra se aplicará en la Comunitat para todo tipo de edificaciones, desde obras residenciales, administrativas, sanitarias, religiosas, docentes, culturales hasta obras de ingeniería y edificios comerciales o deportivos. De este modo, se unifica en un solo instrumento la certificación de que una obra está acabada y se ajusta este documento a lo establecido en la Ley de la Generalitat de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación”, ha explicado la Directora.

Mª Jesús Rodríguez también ha afirmado que “la Comunitat Valenciana es una autonomías pioneras de España, si no la primera, en la aprobación de una disposición propia sobre este certificado que hasta ahora estaba regulado por una orden estatal de 1972. El nuevo documento será de aplicación para todos los certificados que se visen a partir de la entrada en vigor del Decreto que será este mismo mes de mayo”.

 

Contenidos del Certificado
El Certificado Final de Obra expresará el cumplimiento de varias condiciones en las obras de edificación o rehabilitación de acuerdo con el artículo 19 de esta normativa autonómica. Por una parte, garantizará el ajuste de la obra al proyecto de ejecución y a las eventuales modificaciones del proyecto elaboradas por el director de obra y con la conformidad del promotor.

Además, certificará el cumplimiento del nivel de calidad previsto en el proyecto así como la suficiencia de los servicios urbanísticos exigibles según la licencia concedida y la conexión con las redes de infraestructuras y, en su caso, las garantías de reposición de los servicios afectados provisionalmente por las obras. Por último, también servirá para asegurar la disponibilidad del proyecto para destinarlo al fin para el que se construyó.

Este documento podrá referirse a la totalidad de la obra o a una fase completa y terminada de la misma, y entrará en vigor el próximo 21 de mayo. Hay que destacar que durante la tramitación de este Decreto la Generalitat ha dado audiencia pública a las asociaciones, colegios profesionales, administraciones públicas y otros sectores afectados.

 

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