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Bienestar Social destinará 92.000 euros a gastos por acoger a menores

    La conselleria de Bienestar Social destinará el próximo año 2015 un total de 92.000 euros para financiar las prestaciones económicas individualizadas para gastos extraordinarios por acogimiento familiar en familia educadora, según ha anunciado la directora general de Servicios Sociales y Menor, Rosa Aragonés.

    El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV), ha publicado hoy la orden que regula y convoca estas ayudas, que se suman a las prestaciones económicas individualizadas por acogimiento familiar de menores para el año 2015 que ascienden a 6 millones de euros.

    Rosa Aragonés ha indicado que estas ayudas económicas que reciben las familias educadoras están destinadas a atender gastos extraordinarios derivados de necesidades excepcionales acontecidas del cuidado, atención y escolarización de los menores acogidos. y que son distintas de las otras ayudas que concede la conselleria de Bienestar Social destinadas a cubrir los gastos periódicos de manutención derivados de la obligación de cuidarlos, alimentarlos y educarlos.

    El crédito previsto contempla ayudas en dos conceptos, las prestaciones económicas individualizadas destinadas a gastos derivados de tratamientos médicos, así como prótesis, tratamientos psicológicos o pedagógicos, y aquellos gastos excepcionales que resulten imprescindibles para la correcta gestión de la esfera personal y patrimonial del menor. Y por otro lado, las prestaciones económicas individualizadas destinadas a gastos extraordinarios ocasionados por la adquisición de libros de texto y material escolar.

    El plazo de presentación de las solicitudes permanecerá abierto del 1 de enero al 1 de junio de 2015, no obstante se admitirán y tramitarán solicitudes nuevas después del 1 de junio de 2015, siempre y cuando no se hubiera agotado el crédito disponible.

    La directora general de Servicios Sociales y Menor ha recordado que además, los menores acogidos tienen prestación farmacéutica gratuita, beca de comedor escolar, etc. Asimismo, la ley de Acompañamiento contemplan mejoras fiscales que beneficiarán a más de 2.000 familias acogedoras que tendrán deducciones específicas en el tramo autonómico del IRPF, contempladas en la ley de Acompañamiento.

    Entre ellas, incluye una deducción por acogimiento familiar simple y permanente en familias educadoras con los mismos requisitos que dan derecho a la deducción por hijo. El importe máximo que podría deducirse será de 270 euros. De esta modificación podrían llegar a beneficiarse más de 600 familias, si cumplen el resto de requisitos de carácter fiscal.

    Asimismo, la ley modifica el IRPF autonómico para hacer extensivas a las familias acogedoras con acogimiento familiar permanente, ya sean familias educadoras o familias extensas, deducciones a las que hasta ahora sólo daban derecho los hijos y de la cual podrían beneficiarse hasta 1.530 familias.

    Concretamente, prevé la deducción del 15% de las cantidades satisfechas, con un máximo de 270 euros por cada hijo o acogido menor por las cantidades que los padres pagan para custodia no ocasional en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil, de hijos o de menores acogidos. Del mismo modo incluye la deducción por conciliación del trabajo con la vida familiar de 418 euros por cada hijo o menor acogido y por cantidades destinadas a la adquisición de material escolar, 100 euros por cada hijo o menor acogido que se encuentre escolarizado.

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