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Niega reuniones para acordar las declaraciones

El vicealcalde Grau pide al juez Castro el sobreseimiento de su imputación

El vicealcalde Grau pide al juez Castro el sobreseimiento de su imputación
  • La reunión de los patronos ya se indicó en sede judicial hace meses

El vicealcalde de Ayuntamiento de Valencia y presidente de Turismo Valencia, Alfonso Grau, imputado en el Caso Noós ha solicitado al juez, José Castro, el sobreseimiento de las actuaciones contra él por considerar jurídicamente imposible que los delitos planteados desde las acusaciones populares, Manos Limpias y el PSPV, los cometiera, según ha podido conocer ElPeriodic.com. La petición se registró a primeros de ésta semana en los juzgados de Palma de Mallorca.

Es ese uno de los principios que argumenta el responsable del organismo privado para plantear al juez su desligamiento de la causa de que inicialmente fue desimputado y ahora vuelve a estarlo.

Es más, apunta que carecen de consistencia las afirmaciones de las acusaciones sobre la realización de reuniones previas con los patronos para hablar con ellos ya que, según esas fuentes consultadas, sólo tuvo lugar una en abril. La finalidad fue recordar a los patronos los acuerdos y el contenido de las actas de hace 10 años. La segunda la convocó la subdirectora de la fundación para mirar los mismos documentos pero, en ésta ocasión, sólo acudieron dos patronos, Belén Juste y Alberto Catalá.

Fuentes judiciales han apuntado a éste digital que la reunión inicial de los patronos, antes de su declaración en abril, la comentó uno de los patronos en su primera declaración. Es ella quien la recuerda en su segunda y afirma que nunca les dijeron nada sobre lo que debían decir sino que les aportaron documentación de lo aprobado.

La línea de la defensa de Grau, según ha podido conocer éste digital, se basa en recordar e insistir en que él responsable del consistorio valenciano carece de suficientes votos como para aprobar por sí solo las decisiones de contratar los Valencia Summit y, por tanto, el acuerdo era colegiado por todos. La participación en la fundación es minoritaria y ejercer la presidencia no supone poder de decisión sobre todos, comentan.

En la exposición de la defensa pone en valor las declaraciones de los patronos sobre la decisión colegiada de los acuerdos.

Por tanto, la defensa afirma en su planteamiento que la reunión de abril lo fue para recordar lo aprobado hacía dos lustros y la de noviembre con el mismo motivo pero nunca para decirles que tipo de declaraciones debían hacer.

El carácter privado o público de la fundación es otro de los caballos de batalla. Para el Tribunal de Cuentas la fundación debería ser pública y por eso en hace más de dos años instó a regularizar la normativa para cambiarlas. En cuanto a la UE la norma que lo obliga a ser público entró en vigor en 2007, o sea tres años más tarde de la aprobación y rubrica de los convenios con la fundación Noos, y es imposible mandar aplicar una directiva que no está transpuesta.

En el propio documento el IGAE se documenta la contradicción del organismo cuando afirma que en 2004 y 2009 es privada mientras ahora fija que es pública.

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