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Infraestructuras insta a presentar la documentación para agilizar los pagos de las ayudas a la vivienda

  • Deben presentar el impreso modelo 99999 y la domiciliación bancaria en los servicios territoriales de Vivienda y Proyectos Urbanos

La conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente insta a los beneficiados de las ayudas a la vivienda a presentar la documentación necesaria para acelerar el proceso de pago.

Así lo ha explicado el director de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda, Vicente Dómine, quien ha destacado que la Generalitat ha reactivado el pago de las ayudas a la vivienda aprobados en planes anteriores y que incluyen ayudas al alquiler, rehabilitación y cheque-vivienda.

"Las dificultades técnicas, jurídicas y presupuestarias se han ido solventando con un hito importante que sucedió el pasado octubre con la incorporación de 110 millones de euros al presupuesto de vivienda, lo que aliviará en gran parte la deuda", ha declarado Dómine.

Asimismo ha comentado que, tal y como ya anunció la consellera de Infraestructuras y el conseller de Hacienda, "esta cantidad será incrementada en función de la disponibilidad futura, y supone poder abordar ya el pago de un volumen muy importante de las ayudas pendientes ".

Con el objetivo de asegurar una pronta tramitación de los pagos de las ayudas concedidas en materia de vivienda de planes anteriores, personal de los Servicios Prop está haciendo requerimientos, principalmente por teléfono, para que los beneficiarios aporten los dos impresos siguientes, debidamente firmados: el modelo 99999 (Declaración/Autorización pago subvenciones) y el modelo de domiciliación bancaria. Ambos documentos se pueden descargar en la web de la conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente y deberán presentarse en los servicios territoriales de Vivienda y Proyectos Urbanos.

Por motivos de organización en la tramitación de los pagos, ahora se hace llamamiento para la presentación de estos modelos para las ayudas con resolución de concesión de fecha anterior a 31 de diciembre de 2009. En llamamientos posteriores se convocarán a las ayudas posteriores a 31 de diciembre de 2009.

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