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El Consell aprueba el nuevo Reglamento Orgánico de la Conselleria de Hacienda

    El Consell ha aprobado el decreto por el que se modifica el Decreto 20/2013, de 25 de enero, del Consell por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional (ROF) de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública.

    Con el nuevo reglamento se suprime la Secretaría Autonómica del Sector Público Empresarial y se atribuyen las competencias en materia de planificación, reestructuración, coordinación, control y evaluación del sector público empresarial y fundacional de la Generalitat y consorcios no sanitarios adscritos a la Generalitat, a la Secretaría Autonómica de Administración Pública, cuyo nivel directivo quedará integrado, por los siguientes órganos:

    -Dirección General de Recursos Humanos
    -Dirección General de Tecnologías de la Información
    -Dirección General del Sector Público (anteriormente denominada DG Sector Público Empresarial)

    El mantenimiento de una política de racionalización y austeridad en el gasto público y la circunstancia de que el proceso de racionalización y reestructuración del sector público empresarial y fundacional se encuentra actualmente en una fase avanzada y plenamente encauzado, ha motivado la adecuación de la estructura orgánica de la Conselleria a la nueva realidad existente, siendo necesario que también se asuman determinadas competencias relativas a los consorcios no sanitarios adscritos a la Generalitat.

    Inspección de Servicios
    Asimismo, en el ámbito de la Secretaria Autonómica de Administración Pública, el personal inspector de servicios pasa a depender jerárquicamente del titular de la Subdirección General de Atención al Ciudadano, Calidad e Inspección de Servicios, que es quien supervisa, dirige y controla de forma directa la ejecución de las funciones de este personal.

    El cambio de adscripción obliga en consecuencia a alterar también la configuración del Servicio de Canales de Información, Calidad e Inspección de Servicios, la cual pasa a denominarse Servicio de Modernización y Atención al Ciudadano.

    Asimismo, la dependencia directa de la Subdirección General posibilita que los puestos de trabajo del personal inspector ostenten el rango de jefatura de servicio, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley 10/2010 de 9 de Julio de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.

    Tributos
    En el ámbito de la Dirección General de Tributos y Juego se asignan las funciones de gestión tributaria relacionadas con los impuestos de Patrimonio, sobre actividades que inciden en el medio ambiente, sobre la eliminación de residuos en vertederos y sobre los depósitos en las entidades de crédito al Servicio de Gestión Tributaria de la Subdirección General de Tributos, que con el vigente reglamento correspondía a los servicios de Gestión Tributaria de las respectivas Direcciones Territoriales de Hacienda y Administración Pública.

    Dada las posibilidades de presentación telemática y de cauces de intercambio electrónico de información entre sistemas se ha optado por centralizar en un único Servicio todo lo relativo a la gestión tributaria de estos impuestos para una mayor agilidad en la gestión, con independencia del domicilio fiscal de los contribuyentes. Ello permite asimismo el desarrollo posterior de actuaciones de control basadas en procesos informáticos aplicables, con los mismos criterios, a todo el territorio de la Comunitat Valenciana.

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