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El registro de Empresas Acreditadas en el sector de la Construcción agiliza la comunicación con las empresas a través de la vía telemática

  • En la relación entre las empresas y el citado registro se elimina la gestión presencial

  • Esta orden refleja el compromiso del Consell por acercar la administración a los ciudadanos

El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) ha publicado la orden por la que se modifica la Orden de 27 de junio de 2008 de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, de creación del Registro de la Comunitat Valenciana de Empresas Acreditadas en el Sector de la Construcción.

A partir de ahora, y gracias a la publicación de esta modificación, la comunicación entre el Registro de Empresas Acreditadas y las empresas se realizará exclusivamente por vía telemática, eliminándose así la gestión presencial.

La Autoridad Laboral de la Comunitat Valenciana ha establecido la obligatoriedad de utilizar esta vía como medio exclusivo de comunicación de las empresas con el Registro de Empresas Acreditadas “con el objetivo de que los trámites se realicen con mayor rapidez y simplificación”, ha destacado el director general de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral, Román Ceballos.

Antecedentes
El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana publicó el pasado 9  de julio la orden que contempla la creación del Registro de Empresas Acreditadas en el sector de la construcción en el ámbito de la Comunitat. Para realizar la inscripción, se estableció un registro único pero con tres sedes territoriales, una en cada capital de provincia de la Comunitat Valenciana.

La modificación de esta orden  unifica los accesos al registro a través de la sede electrónica de la Generalitat, mediante el enlace existente en la página web de la Conselleria  de Economía, Hacienda y Empleo (http://www.gva.es/c_economia).

A partir de ahora, las empresas deberán realizar todas las actuaciones y procedimientos a través de Internet, ya sea la inscripción en el registro, la solicitud del certificado en el mismo o cualquier modificación de datos. Únicamente será necesario que los usuarios dispongan del correspondiente certificado digital, que valida la relación entre la administración y el ciudadano.

Ceballos ha recordado que “la finalidad de este registro es acreditar la solvencia de la subcontratación en el sector de la construcción para garantizar un mejor cumplimiento de la legislación en prevención de riesgos laborales y de esta forma reducir las cifras de siniestralidad en este sector”.

En este sentido, ha manifestado que “los procesos telemáticos son la mejor herramienta de aproximación de la Administración a los ciudadanos, al permitir la realización que cualquier trámite administrativos desde cualquier lugar sin ningún tipo de limitación”.

“El registro de empresas del sector de la construcción –ha manifestado  Ceballos- persigue que las empresas contratistas y subcontratistas del sector dispongan de medios humanos y materiales adecuados a la actividad, así como de una organización preventiva acorde con los riesgos del sector”.

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