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El Consell aprueba la prórroga del seguro de responsabilidad civil del personal de Sanitat

  • Se incluye en la cobertura al personal de la Conselleria que desempeñe su labor en centros propios gestionados directamente por la misma

  • El contrato tiene un periodo de cobertura de un año y su precio asciende a 787.060 euros

El Consell ha aprobado la prórroga del contrato de seguro de responsabilidad civil exigida en un proceso penal del personal de la Conselleria de Sanitat y la propia responsabilidad civil subsidiaria de dicha conselleria.

El seguro tiene por objeto la cobertura de la responsabilidad civil directa exigida en la jurisdicción penal al personal asegurado de la Conselleria de Sanitat, salvo que se declare por resolución judicial la concurrencia de dolo directo o eventual en la acción u omisión del asegurado, así como la responsabilidad civil subsidiaria exigida en esa misma jurisdicción a la Administración.

El contrato tiene un periodo de cobertura de un año y su precio asciende a 787.060 euros. Está incluido en la cobertura del seguro el personal de la Conselleria que desempeñe su labor en centros propios gestionados directamente por la misma, entendiendo como centro propio todos los hospitales y restantes centros que son titularidad de la Administración y se gestionan directamente por ésta.

La principal diferencia de este contrato respecto a los precedentes seguros de responsabilidad suscritos por esta Conselleria es que se asegura exclusivamente la responsabilidad civil del personal y la responsabilidad civil subsidiaria de la Administración declarada en la jurisdicción penal.

La responsabilidad patrimonial de la Conselleria y de los centros sanitarios gestionados directamente por la misma, de la cual no responde directamente el personal sanitario, será atendida directamente por la Administración, sin perjuicio de la exigencia de responsabilidad a ese personal en vía de regreso, cuando el daño o lesión se produjo por dolo, culpa o negligencia graves.

Además, el contrato comprende coberturas complementarias, como la asistencia letrada del personal por abogados especializados en la problemática de la asistencia sanitaria (descargando de la asistencia jurídica de estos asuntos a la Abogacía de la Generalitat) la constitución de fianzas requeridas al personal asegurado, la contraprestación económica por inhabilitación profesional y la aportación de pruebas periciales para la defensa de los asuntos.

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