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El DOCV publica las directrices del Plan de Control Tributario de la Comunitat

  • La Administración Valenciana tiene como premisa esencial que la forma más eficaz de evitar el fraude fiscal es su prevención

  • Las principales líneas de actuación se centran en los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

  • Como principal novedad, se incorporan al abanico de comprobaciones el Impuesto sobre el Patrimonio y los Impuestos Medioambientales

El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) publica hoy la resolución del Director General de Tributos y Juego, de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueban las directrices generales del Plan de Control Tributario de la Generalitat de la Comunitat Valenciana.

En el caso de Tributos cedidos por el estado respecto de los cuales la Generalitat no ostenta competencias, la actuación se concretará en la cesión de información a la AEAT, mediante la confección de registros de sujetos beneficiarios de las deducciones autonómicas, a fin de que la AEAT disponga de los datos necesarios para el control de las declaraciones del IRPF en las que los contribuyentes hubieran aplicado deducciones aprobadas por la Generalitat.

Respecto de los Tributos cedidos respecto de los cuales la Generalitat sí ha asumido competencias, el plan extenderá su control a las siguientes áreas: Comprobación de las adquisiciones "mortis causa" derivadas del fallecimiento de sujetos que sean titulares de bienes en cuantía significativa; se comprobará la posible omisión de bienes y derechos del causante en las adquisiciones "mortis causa" declaradas. Será objeto de atención prioritaria el control del contenido de la información suministrada por el sujeto pasivo en cumplimiento de la obligación de información sobre los movimientos de determinados bienes del causante durante el año anterior al fallecimiento.

En el ámbito de los beneficios fiscales, tendrá atención prioritaria la comprobación de la correcta aplicación de las reducciones en la base imponible en los supuestos de transmisiones de una empresa individual, negocio profesional o participaciones sociales, en función del parentesco con el causante.

En el ámbito de las donaciones y demás adquisiciones lucrativas "inter vivos", se revisará la información contenida en los Índices Notariales, especialmente de bienes inmuebles, que no hayan sido declaradas por los sujetos pasivos.

Se verificará el adecuado cumplimiento de los requisitos exigidos para la aplicación de las reducciones establecidas para las transmisiones "inter vivos", procediéndose, en su caso, a practicar las regularizaciones oportunas.

Por lo que respecta al Plan relativo al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: Serán objeto de atención prioritaria las adquisiciones de inmuebles, así como de bienes muebles adquiridos a particulares para su reventa siempre que el contribuyente sea un empresario o profesional.

También las transmisiones inmobiliarias en las que se haya repercutido indebidamente el Impuesto sobre el Valor Añadido, en las que se haya aplicado la renuncia a la exención del Impuesto sobre el Valor Añadido, o las transmisiones encubiertas de inmuebles que subyacen en algunas transmisiones de títulos-valores. Igualmente se controlarán la ocultación del precio efectivamente satisfecho mediante la utilización de billetes de alta denominación y las concesiones administrativas, así como los actos y negocios administrativos equiparados.

En el caso de los Tributos sobre el Juego, las actuaciones girarán en torno a la comprobación de bases imponibles.

En relación con el Impuesto sobre el Patrimonio, se concentra en las siguientes áreas de riesgo: Regularización de la situación tributaria de los sujetos que, estando obligados a presentar declaración por este Impuesto, hayan eludido tal obligación, determinación de discrepancias entre el patrimonio declarado y el imputado, a través de la comprobación de los datos existentes, y comprobación de la procedencia de la aplicación de las exenciones previstas para activos empresariales y profesionales.

Tributos propios

Se establece un plan relativo al Canon de saneamiento, un plan de control de entidades suministradoras para perseguir el posible fraude fiscal y completar las actuaciones de comprobación sobre la gestión tributaria que quedan fuera del alcance del control llevado a cabo por la Unidad de Gestión de Suministros de Red, y un plan de control de suministros propios para verificar la corrección del consumo declarado y comprobar la correcta instalación y funcionamiento de los contadores de agua instalados.

Igualmente se traza un Plan de control de usos industriales para aflorar establecimientos ocultos, un Plan relativo a los impuestos medioambientales y al mpuesto sobre eliminación de residuos en vertederos.

Por último, establece actuaciones en el marco del procedimiento de recaudación. Las acciones a desarrollar se referirán a todas las actuaciones tendentes a lograr el cobro efectivo de las deudas de derecho público pendientes de pago. Las actuaciones de recaudación se extenderán a todos los tributos, propios y cedidos, así como a los demás ingresos de derecho público que sean de la competencia de los Servicios de Recaudación.

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