Los locales de ocio podrán ampliar su horario 90 minutos durante Nochevieja
Gobernación y Justicia tramita 79 peticiones para la celebración de fiestas extraordinarias
Vega considera prioritario para la Generalitat "velar por la seguridad de los asistentes a los locales y establecimientos públicos"
La directora general de Seguridad y Protección Ciudadana, Sonia Vega, ha recordado que el horario de los locales de ocio podrá ampliarse 90 minutos durante Nochevieja, tal y como viene establecido en la Orden por la que se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunitat Valenciana.
En este sentido, Vega ha recordado que esta Orden "supone una referencia necesaria para el buen funcionamiento de los espectáculos y actividades legalmente previstas, cuyo cumplimiento garantiza el adecuado equilibrio entre el derecho al descanso y el derecho al ocio".
Asimismo, Vega ha indicado que, hasta la fecha, y teniendo en cuenta que hasta mañana, 30 de diciembre, pueden resolverse alegaciones, la Conselleria de Gobernación y Justicia ha tramitado 79 peticiones para la celebración de fiestas extraordinarias de Nochevieja.
La directora general ha destacado que para la Generalitat "es prioritario velar por la seguridad y el bienestar de los usuarios de los establecimientos públicos y con la aplicación rigurosa de la legislación vigente se persigue que todos los locales cumplan con la normativa, porque en ningún momento se debe poner en riesgo a los ciudadanos".
Por otra parte, Vega ha recordado que en la Comunitat Valenciana es obligatorio, desde el 1 de enero de 2011, que todas las discotecas, salas de baile y salas de fiesta, así como pubs y karaokes con un aforo superior a las 200 personas dispongan de este personal acreditado para ejercer el servicio de admisión en las entradas de los establecimientos.
ORDEN DE HORARIOS PARA 2014
- Grupo A. Apertura: 10:00 horas. Cierre: después de la terminación de la última sesión, que como máximo empezará a las 01:05 horas.
Espectáculos cinematográficos.
Teatros.
Auditorios.
Espectáculos circenses.
- Grupo B. Apertura: 12:00 horas. Cierre: 03:30 horas.
Cafés-teatro.
Cafés-concierto.
Cafés-cantante.
Pubs y karaokes.
Salas de exhibiciones especiales.
- Grupo C. Apertura: 08:00 horas. Cierre: 01:00 horas.
Salones recreativos de máquinas de azar, tipo B.
Salones recreativos de máquinas de azar, tipo A.
- Grupo D. Apertura: 09:00 horas. Cierre: 01:00 horas.
Espectáculos taurinos.
Salas de conferencia.
Museos y salas de exposiciones.
Tentaderos.
Instalaciones deportivas.
Pistas de patinaje.
Parques de atracciones.
Parques temáticos.
Establecimientos de juego de estrategias con armas simuladas.
- Grupo E. Apertura: 09:00 horas. Cierre: 24:00 horas.
Parques acuáticos.
Ludotecas.
- Grupo F. Apertura: 10:00 horas. Cierre: 24:00 horas.
Escuelas taurinas.
Salones ciber y similares.
- Grupo G. Apertura: 10:00 horas. Cierre: 01:00 horas.
Campos de deporte y estadios.
Actividades recreativas (boleras y billares).
- Grupo H. Apertura: 07:00 horas. Cierre: 01:00 horas.
Pabellones deportivos.
Gimnasios.
Piscinas deportivas.
Piscinas de recreo o polivalentes.
- Grupo I. Apertura: 17:00 horas. Cierre: 07:30 horas.
Salas de fiesta.
Discotecas.
Salas de baile.
- Grupo J. Apertura: 06:00 horas. Cierre: 01:30 horas.
Ciber café.
Restaurantes.
Café, bar.
Cafeterías.
- Grupo K. Apertura: 08:00 horas. Cierre: 03:00 horas.
Restaurantes y Cafés, Bar y Cafeterías ubicadas en establecimientos considerados como tiendas de conveniencia de acuerdo con la regulación prevista en la Ley 8/1997, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Horarios Comerciales de la Comunitat Valenciana.
- Grupo L. Apertura: 10:00 horas. Cierre: 03:30 horas.
Salones de banquetes.
- Grupo M. Apertura: 09:00 horas. Cierre: 22:00 horas.
Zoológicos.
Acuarios.
Safari-park.
- Grupo N. Apertura: 09:00 horas. Cierre: 02:30 horas.
Salas polivalentes.
- Grupo O. Apertura: 12:00 horas. Cierre: 02:30 horas.
Salón-lounge.