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El Consell regula los organismos de certificación de calidad de la edificación

    El Consell ha aprobado la modificación del decreto sobre las exigencias básicas de diseño y calidad en edificios de vivienda y alojamiento con el fin de favorecer la puesta en marcha de estrategias y actuaciones tendentes a reforzar la competitividad de los distintos sectores económicos.

    Así, se modifican los artículos 5 y 6 de este decreto y se añade un nuevo capítulo en el que se regula el régimen de los organismos de certificación administrativa en materia de calidad de la edificación (OCAces).

    Estas modificaciones van dirigidas a simplificar los condicionamientos normativos, al mismo tiempo que flexibilizan las exigencias técnicas y evitan obstáculos normativos que excedan de la estricta aplicación del principio de necesidad como estímulo orientado a reactivar la actividad del sector.

    Los OCAces realizarán las tareas de comprobación, informe y certificación de proyectos de edificación, a solicitud de cualquier agente de la edificación interesado. Su actuación es preceptiva cuando se trata de proyectos de viviendas unifamiliares que contengan soluciones alternativas a la normativa.

    Asimismo, deberán disponer de personal cualificado con la titulación requerida y estar inscritos en el Registro correspondiente. Las OCAces son responsables del daño que pueda derivarse a causa de una solución técnica alternativa objeto de certificación ya sea por falseamiento, inexactitud de los datos o falta de previsión suficiente.

    Estos organismos deberán, entre otras obligaciones, crear y mantener un registro de certificaciones emitidas de los proyectos de edificación informados, así como operar de forma que garantice la confidencialidad respecto a la información que obtenga en el desarrollo y ejecución de sus funciones.

    Las administraciones competentes en materia de control de calidad en la edificación tiene la faculta de comprobación y control de los proyectos certificados por los OCA.ces.

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