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El Consell aprueba el decreto para regular la evaluación diagnóstica en la Comunitat Valenciana

    El Consell ha aprobado, a propuesta de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, el decreto por el que se regulan las evaluaciones diagnósticas en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana.

    La evaluación diagnóstica se realizará en la totalidad de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunitat que impartan Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria, en los niveles educativos que la Conselleria determine anualmente, según establece esta regulación.

    La evaluación diagnóstica tendrá un carácter formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el resto de la comunidad educativa. Las pruebas tendrán como finalidad comprobar el grado de desarrollo de las competencias básicas que ha conseguido el alumnado, teniendo en cuenta factores de carácter sociocultural.

    El resultado no tendrá, en ningún caso, incidencia académica ni podrá ser utilizado para establecer clasificaciones de centro de ningún tipo.

    Cabe recordar que la Comunitat Valenciana ha retomado las pruebas de evaluación diagnóstica y que en estos momentos se encuentra en total sintonía con la filosofía de la LOMCE de potenciar la cultura de la evaluación en los centros educativos.

    El objetivo es fomentar la transparencia en los resultados y la mejora de la calidad docente. Gracias a las pruebas de evaluación los centros conocen el nivel de competencias de sus alumnos y pueden proponer planes de mejora del éxito escolar.

    Según el último informe de PISA, los países que emplean pruebas externas basadas en estándares tienden a obtener mejor rendimiento PISA, en concreto una media de 16 puntos más.

    Además, cabe señalar que ya son 17 los países en Europa que disponen de pruebas nacionales para la certificación. Según el estudio "The Economics of Internacional Differences in Educational Achievement" de Nacional Bureau of Economic Research, los test externos mejoran los resultados entre un 20 y un 40% de la desviación típica, tanto como si cada alumno hubiese estudiado medio curso escolar más al llegar a cuarto de la ESO.

    Cómo se desarrollarán las pruebas
    En el proceso de elaboración, aplicación y evaluación de los resultados, la Administración educativa tendrá la colaboración de distintos colaboradores, como la Comisión de Seguimiento y Control, la Comisión Técnica y la Comisión de Coordinación Pedagógica en los centros educativos.

    La evaluación diagnóstica versará sobre las competencias básicas del currículo, y las pruebas tendrán carácter anónimo. La aplicación se hará de manera simultánea en todos los centros educativos participantes.

    Al finalizar las pruebas, se elaborarán dos informes: un informe general, que recogerá los estudios y las conclusiones generales del sistema educativo, y un informe de los resultados de centro, que será enviado a cada uno con información sobre el contexto sociocultural y económico del alumnado.

    Una vez que el centro haya recibido el informe, la Comisión de Coordinación Pedagógica informará a los diferentes órganos de coordinación didáctica del centro y a los miembros del consejo escolar de los resultados, con la finalidad de que se realice un análisis y se adopten las oportunas medidas de mejora.

    Este proceso, supervisado por la Inspección Educativa, debe concluir con la inclusión de las medidas de mejora en la programación anual del centro.

    Información a las familias
    La Conselleria de Educación divulgará un informe global de los resultados generales obtenidos para conocimiento de todos los sectores de la comunidad educativa. Cada centro, a través de la Comisión de Coordinación Pedagógica, decidirá la información que proporcionará a las familias, tanto el contenido como el procedimiento.

    Asimismo, el análisis del informe de resultados de centro y del informe detallado del centro se tratará como un punto específico en la orden del día del Consejo Escolar.

    En este sentido, las familias que acrediten tener un interés legítimo podrán solicitar al centro educativo acceso al informe de resultados de centro. Este derecho de acceso debe garantizar la confidencialidad de su contenido para no permitir establecer clasificaciones de centro.

    Con el fin de asegurar dicha confidencialidad, la solicitud de acceso se formulará a través de un modelo normalizado por el que los padres se comprometerán a mantener la confidencialidad.

    Se considerarán como intereses legítimos para consultar el informe la matriculación de los hijos en el centro escolar, así como las posibilidades de escolarizarlo. Se favorece así la transparencia en los resultados y la libertad de las familias a la hora de elegir centro educativo para sus hijos.

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