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La Generalitat recuerda que los comercios tienen libertad para establecer los periodos de rebajas

  • La Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo vela por garantizar que el consumidor obtenga los productos rebajados sin disminución de la calidad

  • Se mantiene la obligatoriedad de anunciar al público de forma visible la duración de las mismas, y la fecha de inicio y finalización

  • El precio de antes y después de la rebaja debe estar claramente indicado en la etiqueta

La Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo recuerda que, desde el 1 de enero de este año, los establecimientos comerciales de la Comunitat Valenciana tienen libertad para fijar la práctica y la duración del periodo de rebajas, de acuerdo con el Real Decreto sobre medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, aprobado por el Gobierno de España.

Esta medida fue adoptada con el objetivo de reforzar la competencia en el sector de la distribución minorista, contribuyendo además a fomentar el consumo interno, con lo que se benefician tanto comerciantes como consumidores.

De esta forma, son los propios comerciantes los que, según su propio criterio, podrán establecer este tipo de ventas en los periodos estacionales de mayor interés comercial para ellos, así como decidir la duración de las mismas, sin necesidad de tener que ceñirse a los tradicionales periodos de rebajas.

Además, la nueva normativa permite simultanear diferentes modalidades de promoción de ventas en un mismo establecimiento, excepto en los supuestos de venta en liquidación, siempre y cuando exista la debida separación entre ellas y se respeten los deberes de información.

En cualquier caso, se mantiene el deber de anunciar al público de forma visible la duración del período de rebajas indicando la fecha de inicio y la de finalización de las mismas de acuerdo con la Ley de Comercio de la Generalitat.

Derechos de los consumidores
La Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo recuerda que los consumidores tienen los mismos derechos durante las rebajas que en resto de periodos de venta.

Además, los establecimientos están obligados aceptar los cambios o devoluciones de dinero de los productos si proporciona estos servicios al consumidor en el momento de la compra. Si el establecimiento ofrece habitualmente el servicio de devolución y no anuncia un cambio de criterio en período de rebajas, debe devolver el importe abonado por el artículo.

Asimismo, se aconseja comprobar que el precio de los productos debe estar lo suficientemente claro y visible para que el consumidor esté informado sin necesidad de preguntar sobre los precios de los artículos.

En este sentido, los controles de los inspectores de comercio y consumo de la subdirección general de Comercio y Consumo de la Generalitat y de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, incidirán principalmente en que figure el precio anterior junto con el rebajado y que los comercios no efectúen saldos, liquidaciones u otras ventas promocionales bajo la modalidad de rebajas.

Además, se recuerda a consumidores y comerciantes que la rebaja en el precio no implica una disminución de la calidad del producto y que los artículos objeto de la venta en rebajas deberán haber estado incluidos con anterioridad en la oferta habitual de ventas.

También se aconseja revisar bien la calidad, el etiquetado y la garantía de los artículos que compramos. No obstante, debemos pedir siempre el ticket o factura de nuestra compra para facilitar una posible reclamación posterior si el producto está defectuoso.

En cualquier caso, los Servicios Territoriales de Comercio y Consumo, las asociaciones de consumidores y las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMICS) están a disposición de los consumidores y usuarios para resolver cualquier tipo de consulta o reclamación.

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