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La nueva ley de Policía Local ampliará a 35 años la edad máxima para acceder a estos cuerpos policiales

  • Ibáñez: “La nueva Ley prestigiará todavía más el trabajo que realizan los policías locales de la Comunitat Valenciana”

  • Los cuerpos de la Policía Local podrán crear la escala facultativa para incorporar profesionales a las plantillas que respalden la labor policial

El secretario autonómico de Gobernación, Luis Ibáñez, ha anunciado que la nueva Ley de Policías Locales ampliará a 35 años la edad máxima para ingresar en la escala básica y los agentes que accedan por turno libre o promoción interna deberán permanecer un mínimo de tres años en el primer destino.

Ibáñez ha señalado que la modificación de la ley de Policías Locales en la que está trabajando su departamento pretende “dar respuesta a la nueva realidad de la Policía Local y de los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana y mejorar todavía más la labor que prestan a los ciudadanos”.

Además, esta nueva Ley crea la permuta como fórmula de movilidad de los funcionarios de carrera de los cuerpos de Policía Local. El secretario autonómico ha explicado que la exigencia hace que se puedan permutar cuando ambos funcionarios y ayuntamientos estén de acuerdo y siempre que, entre otros requisitos, lleven como mínimo cinco años en el puesto de trabajo y éste tenga la misma calificación.

Escala facultativa
Por otra parte, la modificación de la Ley de Policías Locales “contemplará la posibilidad de que los cuerpos de la Policía Local de los grandes municipios puedan crear la escala facultativa para incorporar a sus plantillas profesionales como psicólogos y abogados, sin que sean policías locales”.

En este sentido, Luis Ibáñez ha indicado que la creación de la escala facultativa para las grandes poblaciones “surge como respuesta a las demandas de los grandes municipios que desean contar con profesionales que contribuyan a respaldar la labor policial aportando una especialización que sirva para prestigiar todavía más la labor que realizan las Policías Locales”.

También se da respuesta a las demandas de los municipios más pequeños y por eso la nueva Ley creará la figura de los guardias locales para los municipios de menos de 5.000 habitantes que por ley no tienen obligación de contar con un cuerpo de Policía Local pero que muchos se ven en la obligación de crearlos ante falta de efectivos de las FCSE sin contar en la mayoría de las veces con los recursos sufrientes”, ha apuntado el secretario autonómico.

Así, -ha continuado- las funciones del guardia local, según la ley serán las de custodia y vigilancia de bienes, servicios e instalaciones y pretende ser la solución a los municipios más pequeños y con menos recursos, pero que no por ello deben ni pueden quedar desprovistos de efectivos de seguridad. Así, los ayuntamientos podrán crear un máximo de 4 puestos de guardia local y cuando se supere ese número, la ley establece que deberán crear el cuerpo de policía local con un mínimo de dos agentes de la escala básica”. 

Otro aspecto que se modifica en esta Ley es la tipificación de las estructuras de los Cuerpos de Policía Local. Hasta ahora la Norma Marco hablaba de las escalas necesarias atendiendo a población y número de funcionarios pero se daba la paradoja de que exigía la misma estructura a los municipios desde 20.000 a 100.000 habitantes. Con la nueva Ley, se harán tres grandes grupos, en primer lugar, los municipios de menos de 5.000 habitantes, por otra parte los que tengan entre 5.000 y 75.000, y los municipios de más de 75.000 habitantes.

En definitiva, Ibáñez ha asegurado que la modificación de la Ley de Coordinación de Policías Locales “es muy importante para la mejora de la seguridad ciudadana porque regula la actuación de los 10.000 policías locales de la Comunitat Valenciana”.

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