elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

El Consell regula la pesca deportiva en aguas continentales para esta temporada

  • Se podrá pescar trucha arco-iris y Black-bass ya que se mantiene en suspensión parcialmente el Real Decreto sobre especies invasoras

  • Los clubes de pesca podrán proveerse de trucha arco-iris en aguas no aptas para la trucha común (autóctona)

La conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente ha establecido las normas para la pesca deportiva en aguas continentales en la Comunitat Valenciana para esta temporada 2013/2014, tal y como sale publicado en el día de hoy en el DOCV.

La regulación de esta práctica deportiva por parte de la Conselleria garantiza la preservación de las especies amenazadas y la biodiversidad en las aguas de la Comunitat Valenciana.

Se entienden por aguas continentales todos los manantiales, charcas, lagunas, lagos, acequias, embalses, pantanos, canales...ya sean dulces, salobres o saladas y se extiende el límite de las mismas hasta la desembocadura al mar. Las especies cuya pesca esta permitida en esta agua y sin limite de talla son los cangrejos americanos, alburno, perca sol, lucio y luciopera.

Las principales novedades de la resolución de este año vienen referidas a la pesca de trucha arco-iris y de black-pass que durante esta temporada sí que se podrán seguir pescando ya que se mantiene la suspensión temporal del Real Decreto que incluía estas especies como exóticas.

Por lo tanto, mientras el Ministerio elabora un nuevo proyecto de Real Decreto, los clubes de pesca podrán proveerse de trucha arco-iris en aguas no aptas para la trucha común, es decir, la autóctona de la Comunitat Valenciana.

En cuanto a la trucha común, excepto en el Río Cabriel que se regula de manera conjunta con la Comunidad de Castilla La Mancha, sólo podrá pescarse en la modalidad de pesca sin muerte hasta el 31 de agosto o en función de lo establecido en los respectivos planes de gestión de los cotos de pesca.

Siguen abiertos a la pesca de la trucha común en cotos de la provincia de Castellón que en anteriores temporadas han estado vedados. La pesca podrá efectuarse con la obtención del correspondiente permiso.

Respecto al empleo de los cebos, para la trucha común y la trucha arco iris únicamente pueden emplearse como cebo la mosca artificial y cucharilla con un solo anzuelo, en ambos casos sin arpón. Para la pesca con muerte de la trucha arco iris se reduce mosca artificial y cucharilla.

Si bien, la resolución de la Conselleria de Infraestructuras establece que excepcionalmente, en la zona de desembocadura de los ríos se podrá utilizar como cebo peces muertos tales como la sardina, boquerón, caballa o jurel enteros o troceados, siempre que sean procedentes de adquisición de comercios.

Además, la Conselleria ha decretado que se pueden pescar ejemplares de anguila, trucha arco iris, barbos, carpín, perca americana, tenca, cacho, lubina y múgiles pero con limitación de talla. Hace tres años, la Generalitat introdujo por primera vez límite de talla para la pesca de la carpa, tal y como solicitado las asociaciones de pescadores.

Todos aquellos ejemplares que se capturen de medida inferior a la establecida deberán restituirse de inmediato al agua de la que fueron extraídos, a excepción de los ejemplares de perca americana en las marjales litorales que podrán ser retenidos.

Limitaciones y prohibiciones

Con relación a las limitaciones y prohibiciones de carácter general, la conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente recuerda que el uso de redes está prohibido y sólo es autorizable, con carácter excepcional. Asimismo queda prohibida la pesca nocturna, salvo en la modalidad tradicional para captura de anguila denominada moliná (pesca sin anzuelo) en aguas no trucheras.

El horario hábil de pesca es el comprendido entre una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta, tomando las horas del orto y ocaso del almanaque. Igualmente se establece la posibilidad de pesca nocturna en el coto de Pinedo conforme a su plan de gestión aprobado.

Igualmente se recuerda que está prohibida la pesca y el transporte del siluro y que, además, los pescadores pueden colaborar en su erradicación y control comunicando a la administración la captura u observación de ejemplares de esta especie.

También aparece como novedad la restricción a la pesca deportiva en el Parque Natural de la Albufera de Valencia en el periodo de Caza de aves acuáticas. Concretamente en todas aquellas partidas o acequias en las que se hayan establecido cierres al paso de personas parar asegurar el asentamiento de aves acuáticas desde el primer domingo de octubre hasta el cierre de la temporada.

comentario 1 comentario
metalalahil
metalalahil
05/04/2013 09:04
Normativa completa

La normativa completa se puede consultar en: http://goo.gl/I4RYK

Subir