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El Consell modifica el Reglamento de la Comisión de Codificación Civil Valenciana y del Observatorio de Derecho Civil Valenciano

  • Los cambios obedecen a la extinción de las cámaras agrarias provinciales de Alicante, Valencia y Castellón y a la reciente remodelación del Consell

El Consell ha aprobado el decreto por el que se modifica el Reglamento de la Comisión de Codificación Civil Valenciana y su órgano asesor, el Observatorio de Derecho Civil Valenciano.

El Observatorio ha desempeñado durante los últimos años una importante labor gracias a la pluralidad de entidades, organismos e instituciones de derecho público que lo representan. Entre los vocales de este Observatorio figuraban hasta tres representantes de las cámaras agrarias provinciales y hasta cinco representantes de las distintas consellerias de la Generalitat.

Dos novedades recientes llevan a modificar la composición del Observatorio de Derecho Civil Valenciano: la extinción de las cámaras agrarias provinciales de Alicante, Valencia y Castellón y la remodelación del Consell.

En el primer caso, la Ley 10/2012, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat extingue las cámaras agrarias provinciales, por lo que también se suprime su representación en el Observatorio.

Asimismo, la remodelación del Consell derivada del decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del President de la Generalitat, por el que determina las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat, ha supuesto una importante redistribución de competencias entre los distintos departamentos. Esta restructuración hace aconsejable suprimir el límite máximo de cinco conselleries representadas en el Observatorio para posibilitar la presencia de todas aquellas que puedan verse involucradas por razón de la materia.

Tanto la Comisión de Codificación Civil Valenciana como su órgano asesor están vinculados al departamento de la Administración de la Generalitat que tiene asignadas las competencias en materia de desarrollo estatutario, que en este caso es la Conselleria de Gobernación y Justicia.

En la nueva redacción del Reglamento de la Comisión de Codificación Civil Valenciana y de su órgano asesor se especifica también que el desarrollo de este decreto no podrá tener incidencia alguna en los capítulos de gasto asignados a la conselleria y, en todo caso, deberá ser atendido con los medios personales y materiales de la conselleria competente.

Composición del Observatorio
De acuerdo con el nuevo decreto, el Observatorio de Derecho Civil Valenciano estará compuesto por los siguientes vocales:

1. Un o una representante de cada una de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana.

2. Un o una representante del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

3. Un o una miembro del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana.

4. Un o una miembro del Consell Valencià de Cultura.

5. Un o una miembro de l’Acadèmia Valenciana de la Llengua.

6. Un o una miembro del Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia.

7. Un o una representante del Decanato autonómico de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de la Comunitat Valenciana del Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España.

8. Un o una representante del Colegio Notarial de Valencia.

9. Un o una representante del Consejo Valenciano de Abogados.

10. Un o una representante del Consejo Valenciano de Procuradores.

11. Un o una representante del Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunitat Valenciana.

12. Un o una representante de cada una de las conselleries de la Generalitat.

13. Hasta diez vocales de entre juristas e historiadores o historiadores de reconocido prestigio, o de entre expertos en asuntos de Estado y autonómicos.

14. Hasta tres vocales de entre quienes integran instituciones públicas o privadas vinculadas al ámbito de actuación del Observatorio.

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