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Gobernación establece los horarios de los espectáculos y establecimientos públicos y de actividades recreativas para el año 2013

  • Tal y como publica hoy el DOCV

  • Entre las novedades destaca un nuevo artículo referido al horario de las terrazas en vía pública

La Conselleria de Gobernación y Justicia regula los horarios de apertura y cierre de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos para el año 2013, tal y como publica hoy el DOCV a través de la Orden 12/2012 de 13 de diciembre.

Entre las novedades que se presentan este año destaca la reducción del plazo de audiencia otorgado a los interesados en el supuesto de revocación del horario en actividades al aire libre, para ajustarlo más a la realidad. Otra de las novedades es la incorporación de un artículo referido expresamente al horario de las terrazas ubicadas en la vía pública.

Esta Orden supone una referencia necesaria para el buen funcionamiento de los espectáculos y actividades previstas ya que su cumplimiento garantiza el adecuado equilibrio entre el derecho al descanso y el derecho al ocio.

ORDEN DE HORARIOS PARA 2013

- Grupo A. Apertura: 10:00 horas. Cierre: después de la terminación de la última sesión, que como máximo empezará a las 01:05 horas.

Espectáculos cinematográficos

Teatros.

Auditorios.

Espectáculos circenses.

- Grupo B. Apertura: 12:00 horas. Cierre: 03:30 horas.

Cafés-teatro.

Cafés-concierto.

Cafés-cantante.

Pubs y karaokes.

Salas de exhibiciones especiales.

- Grupo C. Apertura: 08:00 horas. Cierre: 01:00 horas.

Salones recreativos de máquinas de azar, tipo B.

Salones recreativos de máquinas de azar, tipo A.

- Grupo D. Apertura: 09:00 horas. Cierre: 01:00 horas.

Espectáculos taurinos.

Salas de conferencia.

Museos y salas de exposiciones.

Tentaderos.

Instalaciones deportivas.

Pistas de patinaje.

Parques de atracciones.

Parques temáticos.

Establecimientos de juego de estrategias con armas simuladas.

- Grupo E. Apertura: 09:00 horas. Cierre: 24:00 horas.

Parques acuáticos.

Ludotecas.

- Grupo F. Apertura: 10:00 horas. Cierre: 24:00 horas.

Escuelas taurinas.

Salones ciber y similares.

- Grupo G. Apertura: 10:00 horas. Cierre: 01:00 horas.

Campos de deporte y estadios.

Actividades recreativas (boleras y billares).

- Grupo H. Apertura: 07:00 horas. Cierre: 01:00 horas.

Pabellones deportivos.

Gimnasios.

Piscinas deportivas.

Piscinas de recreo o polivalentes.

- Grupo I. Apertura: 17:00 horas. Cierre: 07:30 horas.

Salas de fiesta.

Discotecas.

Salas de baile.

- Grupo J. Apertura: 06:00 horas. Cierre: 01:30 horas.

Ciber café.

Restaurantes.

Café, bar.

Cafeterías.

- Grupo K. Apertura: 08:00 horas. Cierre: 03:00 horas.

Restaurantes y Cafés, Bar y Cafeterías ubicadas en establecimientos considerados como tiendas de conveniencia de acuerdo con la regulación prevista en la Ley 8/1997, de 9 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Horarios Comerciales de la Comunitat Valenciana.

- Grupo L. Apertura: 10:00 horas. Cierre: 03:30 horas.

Salones de banquetes.

- Grupo M. Apertura: 09:00 horas. Cierre: 22:00 horas.

Zoológicos.

Acuarios.

Safari-park.

- Grupo N. Apertura: 09:00 horas. Cierre: 02:30 horas.

Salas polivalentes.

- Grupo O. Apertura: 12:00 horas. Cierre: 02:30 horas.

Salón-lounge.

Además, también se regula que los espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas podrán prolongar el horario de cierre durante el día de Nochevieja en noventa minutos.

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