elperiodic.com
SELECCIONA IDIOMA
Valencià

La Generalitat adapta la reforma estatal de la Ley de Dependencia al ámbito de la Comunitat Valenciana

  • El DOCV publica hoy la nueva orden de acceso al programa de atención a la dependencia

  • La nueva orden introduce los cambios acordados por el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia

  • Los cambios de la Ley pretenden hacer más sostenible y viable todo el sistema de atención a las personas dependientes

El Diario Oficial de la Comunitat Valenciana publica hoy la orden de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social, por la que se regulan los requisitos y condiciones de acceso al programa de atención a las personas y a sus familias en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención ala Dependencia en la Comunitat Valenciana.

Se trata de adaptar la reforma estatal de la Ley de Dependencia acordada el pasado mes de julio por el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, al ámbito de la Comunitat Valenciana, a través de una nueva norma que, introduciendo las adaptaciones oportunas, regule de forma conjunta las condiciones y requisitos de acceso y el régimen económico aplicable.

De esta manera, a través de esta orden se establecen unos criterios comunes para la aportación del beneficiario, de forma que se garantice el principio de igualdad, sin perjuicio de la incorporación de las peculiaridades de las Comunidades Autónomas y sus distintos modos de gestión adquiridos en los años de aplicación de la Ley.

Con la introducción de estos cambios se pretende hacer un sistema más sostenible y viable, además de simplificar los procedimientos, promover la calidad asistencial y su sostenibilidad, dando prioridad a los servicios sociales.

Nuevas medidas
El pasado mes de julio el Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia acordó una serie de medidas para la mejora del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, publicadas en la Resolución de 13 de julio de 2012 de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, y en el Real Decreto 20/2012 .

Mediante la nueva orden de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social se introducen estas medidas adaptándolas al ámbito de la Comunitat Valenciana, aunque se mantienen las peculiaridades que en los últimos años ha ido dirigidas a mejorar y reforzar la atención a las personas en situación de dependencia.

Entre las medidas publicadas, cabe destacar la implantación de una nueva estructura de grados de dependencia, un régimen común de incompatibilidad de las prestaciones y servicios, el nuevo calendario de aplicación en la efectividad del derecho a las prestaciones, la variación de las intensidades de protección de los servicios y, por último, el cambio de denominación del órgano de cooperación interadministrativa, que pasa a llamarse Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Con la reforma para la mejora de la Ley se agiliza el procedimiento para la entrada de los grandes dependientes. Con este objetivo, se han simplificado los grados de reconocimiento, de forma que de seis niveles se ha pasado a tres grados, y se aplaza el acceso de los dependientes moderados al año 2015.

Asimismo, la reforma incluye también una reducción del 15% de la prestación por cuidador familiar, reducción que puede ser mayor para aquellas rentas superiores al IPREM (Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples), fijado este año en 532 euros. Además, se establece que este tipo de prestación se conceda de manera excepcional, siempre y cuando no sea posible el acceso a un servicio o a una prestación económica vinculada al servicio, debido a la inexistencia de recursos.

Lo que se pretende con esta medida es primar los servicios profesionales de calidad frente a las prestaciones económicas, cumpliendo así con el espíritu de la Ley.

Por otro lado, la reforma contempla también unos criterios comunes para la determinación de la capacidad económica del usuario teniendo en cuenta su renta y también su patrimonio, quedando excluidos de pago alguno las personas cuyos recursos estén por debajo de la cantidad mensual del Indicador Público de la Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y permanezcan en sus domicilios.

La participación de la persona beneficiaria en el coste del servicio se hará de forma progresiva mediante la aplicación de un porcentaje en función de su capacidad económica, pudiendo alcanzar hasta el 90% del coste de referencia del servicio.

Niveles adicionales
La orden mantiene un nivel adicional de protección de las prestaciones que se financiará con fondos propios de la Generalitat y, además, se garantiza la continuidad de los sistemas Bono-residencia, Bono-Centro de Día, Bono de Atención a las Personas con Discapacidad o Enfermedad Menta Crónica (BONAD) y Prestaciones Económicas Individualizadas (PEIs).

Además, en los casos de personas beneficiarias de la prestación por asistente personal que sean grandes dependientes con un grado de dedicación completa de más de 120 horas mensuales, la Generalitat complementará hasta 1.300 euros la cuantía que les corresponda.

Subir