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El Consell aprueba el Decreto Ley que modifica el artículo 35.2 de la Ley de Presupuestos de la Generalitat 2012

  • Se trata de un trámite de carácter formal necesario para la aceptación del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores

El Pleno del Consell ha aprobado el Decreto Ley por el que se modifica el artículo 35.2 de la Ley 10/2011, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2012.

La modificación del apartado dos del citado artículo tiene una vigencia exclusiva para el año 2012 y está ligada al importe derivado de la adhesión de la Comunitat Valenciana al Mecanismo extraordinario de financiación para el pagos a los proveedores de las autonomías puesto en marcha por el Gobierno central y previsto en el acuerdo 6/2012 de 6 de marzo del Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF).

Se trata de un trámite de carácter formal necesario para la aceptación del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a proveedores

Para ello, se aprueba y autoriza la concertación de las operaciones de préstamo necesarias para hacer efectiva la aplicación del mecanismo extraordinario de financiación para el pago a los proveedores de las comunidades autónomas.

De esta forma, mediante resolución conjunta del conseller de Economía, Industria y Comercio y el de Hacienda y Administración Pública se fijará el importe total de las operaciones de préstamo vinculadas al mecanismo extraordinario de financiación que tenga que concertar la Comunitat.

Se delega en el IVF la ejecución de este Decreto
El Consell, también a propuesta conjunta de los citados consellers, dispondrá del plazo de un mes desde que se conozca el importe total de obligaciones pendientes de pago con cargo al mecanismo extraordinario del Gobierno central, para establecer la cifra que fije el incremento anual del volumen de endeudamiento de la Generalitat para el ejercicio 2012.

Dicho aumento contemplará tanto el importe derivado de las obligaciones mencionadas como el derivado de la aplicación a las comunidades autónomas del nuevo objetivo de estabilidad presupuestaria previsto en la reunión del CPFF del 6 de marzo.

A su vez, se faculta y delega al Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) para que realice todas las actuaciones y gestiones necesarias para que, en el marco de las competencias que tiene atribuidas para asegurar la ejecución y aplicación de lo previsto en el presente Decreto Ley.

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