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Agricultura amplía las zonas donde se permiten los asentamientos de colmenas junto a cultivos de cítricos

  • Los apicultores dispondrán de más espacios para desarrollar sus explotaciones en la Comunitat Valenciana

  • Se podrá situar colmenas más cerca de las plantaciones citrícolas, en determinados municipios y casos

El Pleno del Consell ha aprobado para el año 2012 la ampliación de las zonas donde se permite la instalación de colmenas próximas a las plantaciones de cítricos, en el marco de un acuerdo para la aplicación de las medidas para evitar la polinización cruzada entre los cultivos citrícolas.

Así, los apicultores disponen de más espacios en la Comunitat Valenciana para obtener un producto más competitivo y de calidad. De este modo, la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua permite agrandar la superficie de uso por los apicultores con la inclusión de 76 nuevas áreas de 40 municipios donde se permiten los asentamientos de colmenas en superficie citrícola.

La prohibición de asentamiento de colmenas prevista alcanza a las situadas a menos de 4 kilómetros de las plantaciones de cítricos, y se mantendrá durante la época de floración de los cítricos, que se fija entre el 1 de abril y el 31 de mayo de 2012.

No obstante, la prohibición se flexibiliza, pudiéndose salvar si el titular de la explotación apícola cuenta con el previo consentimiento, por escrito, de todos los propietarios de fincas de cítricos existentes en un radio de un kilómetro alrededor del lugar de ubicación de las colmenas, y cuando el número de estas sea como máximo de 650.

Distancias permitidas para la ubicación de las colmenas
Además, también se podrán ubicar colmenas a una distancia superior a 500 metros de los límites de las parcelas de cualquiera de las variedades de híbridos de mandarino susceptibles de provocar polinización cruzada, siempre que los asentamientos consten de entre 60 y 130 colmenas, de determinados municipios.

Asimismo, existe la posibilidad de situar un máximo de 45 colmenas por asentamiento a una distancia superior a 600 metros de los límites de las parcelas de cualquiera e las variedades de híbridos de mandarino en las nuevas áreas determinadas.

La distancia de cuatro kilómetros entre los asentamientos de colmenas y las plantaciones de cítricos se podrá reducir a un kilómetro en las áreas agrícolas en las que la implantación de cultivos que requieran la polinización por abejas o insectos en general para mejorar su productividad.

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