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Gobernación autorizó durante el año pasado 408 actividades extraordinarias

  • Supone un incremento del 116%

  • La nueva Ley de Espectáculos consagra la figura de la Declaración Responsable, lo que facilita un modelo fluido y flexible para efectuar actividades extraordinarias que no conlleven riesgo

La conselleria de Gobernación tramitó durante el año pasado un total de 408 actividades extraordinarias, lo que supone un incremento del 116% respecto a las celebradas en 2010, cuando se autorizaron 189 actividades extraordinarias, “un hecho que está relacionado con la entrada en vigor de la nueva Ley de Espectáculos que recoge la figura de la Declaración Responsable para aquellos eventos que no suponen un incremento del riesgo, lo que facilita los trámites para la realización de espectáculos”, ha asegurado la secretaria autonómica de Gobernación, Asunción Quinzá.

Así, Quinzá ha matizado que del total de actividades extraordinarias tramitadas durante el año pasado por la conselleria de Gobernación, 119 corresponden a espectáculos celebrados en la provincia de Valencia, en la provincia de Alicante se concedieron 104 permisos para realizar actividades extraordinarias, y 185 en la de Castellón.

Si en un local o recinto, que cuenta con licencia para una determinada actividad, se pretende desarrollar con carácter extraordinario otra diferente para la que no tiene la autorización que se requiere, deberá solicitar el correspondiente permiso a la conselleria de Gobernación.

Tal es el caso de los conciertos que se celebran en plazas de toros, polideportivos, estadios de fútbol, o de espectáculos deportivos en recintos como los cosos taurinos, que no cuentan con autorización para celebrar este tipo de eventos y que por las características de los mismos ven incrementado su aforo de manera notable.

Modelo flexible y fluido
Con la entrada en vigor el año pasado de la nueva Ley de Espectáculos se consagra el modelo de Declaración Responsable, “un escrito del titular del local ante la Administración competente en virtud del cual declara que cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa para realizar un espectáculo público o una actividad recreativa. Además, se compromete a mantenerlos mientras estos se efectúan”, ha explicado la Secretaria Autonómica.

En este sentido, Asunción Quinzá ha indicado que partiendo de esta base, respecto a los locales que deben pedir algún tipo de autorización, la Ley distingue dos tipos, por un lado, los locales que no modifiquen las condiciones generales técnicas (seguridad, higiene, acústica), así como las condiciones de aforo o las inhalaciones propias del local”.

“Se trataría –ha añadido- de, por ejemplo, un pub que quiere realizar un concierto, y que para ello, no varía las características anteriores. Este tipo de locales, debe remitir a la Generalitat la Declaración Responsable, en un plazo de 15 días antes del evento”.

Este es precisamente el motivo de la inmensa mayoría de las actividades extraordinarias que se celebraron durante 2011, los conciertos, especialmente en bares o pubs.

Y en segundo lugar, los espectáculos o actividades extraordinarios que supongan una alteración de las condiciones técnicas generales o un aumento del aforo, así como la instalación de escenarios o tinglados. “En este caso, se necesita la autorización de la conselleria de Gobernación para su celebración”, ha agregado.

“En definitiva, gracias la nueva Ley se simplifican los trámites y se facilita un modelo fluido y flexible para efectuar actividades extraordinarias, incluyendo a aquellos que por sus dimensiones, aforo o por su situación particular, en otras condiciones no la hubieran realizado y que ahora, con la nueva regulación, pueden acometer la realización de un evento que no conlleva un incremento del riesgo”, ha concluido Asunción Quinzá.

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